La incertidumbre de los montos a pagar, las escalas de facturación y los límites para los monotributistas comenzó a raíz de la decisión del Gobierno Nacional de cerrar la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y reemplazarla con Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
En este marco, a partir de noviembre, los contribuyentes abonarán cuotas mensuales actualizadas que se fijarán a partir de la actualización de escalas del mes de agosto.En este marco, a partir de noviembre, los contribuyentes abonarán cuotas mensuales actualizadas que se fijarán a partir de la actualización de escalas del mes de agosto.
Las escalas del monotributo de AFIP en noviembre 2024
- Categoría A: $6,45 millones
- Categoría B: $9,45 millones
- Categoría C: $13,25 millones
- Categoría D: $16,45 millones
- Categoría E: $19,35 millones
- Categoría F: $24,25 millones
- Categoría G: $29 millones
- Categoría H: $44 millones
- Categoría I: $49,25 millones
- Categoría J: $56,4 millones
- Categoría K: $68 millones
La cuota que tiene cada categoría del monotributo en noviembre 2024
- Categoría A: $3.000
- Categoría B: $5.700
- Categoría C: $9.800 (servicios) y $9.000 (comercio)
- Categoría D: $16.000 (servicios) y $14.900 (comercio)
- Categoría E: $30.000 (servicios) y $23.800 (comercio)
- Categoría F: $42.200 (servicios) y $31.000 (comercio)
- Categoría G: $76.800 (servicios) y $38.400 (comercio)
- Categoría H: $220.000 (servicios) y $110.000 (comercio)
- Categoría I: $175.000 (comercio) y $437.500 (servicios)
- Categoría J: $210.000 (comercio) y $525.000 (servicios)
- Categoría K: $245.000 (comercio) y $735.000 (servicios)
Lo que sucederá con el monotributo, Ganancias y otros impuestos tras el cierre de AFIP
Al cerrarse la AFIP y dar inicio a la ARCA, se deben tener en cuenta algunos detalles al momento de pagar los impuestos:
- Por un lado, los monotributistas que aún no abonaron su cuota mensual podrían enfrentar recargos y en los casos de morosidad, se podrían ejecutar embargos a aplicarse por el nuevo ente recaudador.
- En tanto las modificaciones fiscales se mantendrán sin cambios al igual que con la carga impositiva de los contribuyentes.
- en cuanto al impuesto sobre los bienes personales (REIBP) los usuarios que aún no presentaron la declaración jurada REIBP (F.3339), deberán pagar el ajuste correspondiente
Fuente: Minuto Uno