Caso Marley: la jueza se declaró incompetente y la causa pasó a la Justicia de San isidro

Tal como había planteado el representante del MPF y pese a la oposición del denunciante y del acusado, la jueza Vanesa Alejandra Peluffo sostuvo que las prácticas sexuales denunciadas habrían ocurrido en la vivienda del conductor de TV, ubicada en la zona norte del conurbano, por lo que debe intervenir un juez con jurisdicción en Don Torcuato, partido de Tigre.

En línea con un planteo formulado dos semanas atrás por el titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 23, Marcelo Retes, la jueza Vanesa Alejandra Peluffo, a cargo del Juzgado N° 43 del mismo fuero, declaró la incompetencia y remitió al departamento judicial bonaerense de San Isidro la causa en la que el conductor televisivo Alejandro Wiebe —más conocido como Marley— fue denunciado por corrupción de menores.

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“Adelanto que concuerdo con la petición fiscal y, en consecuencia, corresponde declarar la incompetencia territorial de este Tribunal, en tanto las prácticas sexuales denunciadas como perversas, y que de conformidad con el relato del denunciante habrían tenido entidad suficiente para provocarle una alteración en su normal desarrollo psico-sexual, tuvieron lugar en la zona norte de la Provincia de Buenos Aires, más precisamente en la casa que Alejandro Wiebe habitaba a la fecha de su comisión”, señaló la jueza en su resolución.

La magistrada entendió que, de no remitirse el expediente a la justicia bonaerense, “se estaría vulnerando la garantía constitucional del ‘juez natural’, consagrada en el artículo 18 de la Constitución Nacional, que dispone que ningún habitante puede ser sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa”.

Peluffo resolvió en concordancia con lo que el pasado 30 de agosto había solicitado el fiscal Retes. En cambio, tanto el denunciante como el denunciado Wiebe, al correrse traslado sobre el planteo de incompetencia, se habían opuesto y pidieron que la causa continuara en el fuero nacional en lo Criminal y Correccional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

“Ha quedado despejada toda duda en cuanto a que los hechos materia de investigación han ocurrido en extraña jurisdicción, por lo que la declinatoria se impone en el caso”, señaló la jueza.

Al fundamentar su decisión, Peluffo reiteró el mismo argumento sostenido por el fiscal Retes en su planteo original. “A tal conclusión se arriba frente a lo señalado de manera categórica por el propio damnificado al momento de su presentación inicial, como así también en la posterior declaración testimonial, en la que mencionó expresamente que las prácticas sexuales —tanto aquellas que tuvieron lugar en el contexto de su posible minoridad, como las que ocurrieron posteriormente— se desarrollaban exclusivamente en la propiedad que habitaba Marley”, remarcó la jueza.

También explicó que, si bien el denunciante “no pudo precisar con exactitud el sitio donde se encontraba la residencia”, sí afirmó que era “en la zona norte del Gran Buenos Aires”. Además, indicó que “el propio imputado, al realizar su descargo espontáneo, infirió que la vivienda en cuestión estaba en plena construcción en ese momento, aportando la escritura del sitio donde se encuentra emplazada, es decir, en el barrio La Colina de Don Torcuato, en la provincia de Buenos Aires, propiedad en la que también manifestó residir actualmente”.

Peluffo reveló que, a pedido de su juzgado, el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) reportó como domicilios de Wiebe el mencionado en Don Torcuato y otro en Carapachay, partido de Vicente López. Aclaró que ambas localidades pertenecen al mismo departamento judicial de San Isidro, “donde se registraron los eventos que nos ocupan”.

Por lo tanto, la jueza declaró la incompetencia territorial de su tribunal, señalando que “la única razón por la que se dio intervención a esta judicatura se debió al canal que se le imprimió a esta denuncia”.

Por otro lado, Peluffo descartó de plano “circunscribir la investigación en torno al delito de ‘grooming’” —mencionado por la querella en su oposición al planteo de incompetencia— porque “al momento de los hechos no se encontraba vigente dicha figura penal” (introducida en el Código Penal en 2013, a través de la ley 26.904).

Al fundamentar que deseaba que la causa continuara en el fuero nacional en lo Criminal y Correccional, la querella recordó que los contactos con Wiebe comenzaron por medios tecnológicos cuando la víctima vivía en Palermo, en la Ciudad de Buenos Aires.

“La investigación debe continuar bajo la jurisdicción del juez de Don Torcuato, partido de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, por razones de economía procesal y buena administración de justicia”, sostuvo la jueza.

Peluffo concluyó: “A partir de la prueba recogida en autos, ha quedado despejada toda duda en cuanto a que los hechos materia de investigación ocurrieron en extraña jurisdicción, por lo que la declinatoria se impone en el caso”.

Finalmente, la jueza resolvió “declarar la incompetencia” en razón del territorio y remitir las actuaciones al “Sr. Juez Penal del Juzgado de Garantías del Departamento Judicial de San Isidro que por turno corresponda (localidad de Don Torcuato, Partido de Tigre)”.

La denuncia

En su presentación inicial, el denunciante afirmó que conoció al conductor televisivo en 1996, cuando tenía 17 años, y que desde entonces, y hasta que terminó la relación, Wiebe corrompió su “normal desenvolvimiento y desarrollo sexual”. Además, solicitó que, dado que los hechos estarían prescriptos, se habilite la posibilidad de un “juicio de determinación por la verdad”.

Fuente: Actualidad Jurídica