Confirman multa a ART por demoras en el otorgamiento de prestaciones

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó una multa impuesta a Prevención ART S.A. por demoras en el otorgamiento de prestaciones de asistencia médica y farmacéutica. La sanción, que inicialmente ascendía a 505 MOPRES, fue reducida a 180 MOPRES por los jueces de la Sala F, Dres. Tevez y Lucchelli, el pasado 16 de agosto.

La multa fue aplicada en el marco de la causa «Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/Prevención ART S.A. s/Organismos externos». La ART fue sancionada por no cumplir con lo establecido en la Ley N° 24.557 y en la Resolución S.R.T. N° 1378/07, debido a las demoras incurridas en el otorgamiento de prestaciones en especie, como asistencia médica y farmacéutica, así como rehabilitación, según lo indicado por el Dictamen de Comisión Médica (DCM).

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La ART también fue acusada de demorar la provisión de prestaciones indicadas por médicos tratantes y de tardar en brindar la primera atención médico-asistencial tras la denuncia de un siniestro, lo que contraviene lo dispuesto en los artículos 4 y 5 del Decreto N° 717/96.

La Cámara concluyó que la ART transgredió la normativa, al constatar que, de los 17 casos de trabajadores afectados, en 15 se otorgaron las asistencias médicas con demoras, en otros tres casos no se proveyeron, y en uno de ellos la demora se produjo en la primera atención luego de la denuncia del siniestro.

Los magistrados subrayaron que la normativa no deja lugar a interpretaciones: las prestaciones en especie deben dispensarse de forma inmediata. Las A.R.T. están obligadas a comenzar a otorgar las prestaciones determinadas en los dictámenes de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales o Comisiones Médicas Centrales dentro de los 10 días corridos desde la notificación del dictamen, garantizando así la provisión del tratamiento.

Fuente: abogados.com.ar