Declaran en Córdoba emergencia agropecuaria por la sequía

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El Ministerio de Economía declaró este viernes el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la provincia de Córdoba, a raíz de la sequía. La medida alcanza a las explotaciones agrícolas, forestales y frutihortícolas de ese distrito y se extiende desde el 1° de enero y hasta el 30 de junio de este año, según la Resolución 290/2023, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

También fueron incluidas en la declaración las explotaciones ganaderas, tamberas y apícolas, pero en este caso la decisión se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2023.

El Palacio de Hacienda determinó que el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2023 son las fechas de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas en emergencia y/o desastre agropecuario.

Para poder acogerse a los beneficios de la Ley N° 26.509 de emergencia agropecuaria los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.

Por su parte, las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la AFIP arbitrarán los medios necesarios para que los productores gocen de los beneficios previstos en esa Ley.

De esta manera, el Ministerio de Economía homologó un decreto provincial de emergencia y desastre agropecuario para los productores afectados por la sequía.

El Gobierno de Córdoba decretó el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a un área de más de 800.000 hectáreas, que comprende el sur del departamento San Justo, norte de Marcos Juárez y Unión y noroeste de General San Martín.

La emergencia agropecuaria comprende la afectación del 50% al 80% en la producción de un establecimiento agropecuario, mientras que el desastre agropecuario es para aquellas explotaciones donde el área perjudicada supera el 80%.

En el caso de emergencia agropecuaria, los beneficios para los productores contemplan el diferimiento de los impuestos y provinciales y nacionales, al tiempo que el desastre prevé la eximición del los tributos.

Fuente: Ámbito