Quiénes dejarán de pagar IVA en supermercados desde julio

A partir del 1° de julio, el Gobierno modificará la percepción del IVA en supermercados y comercios de alimentos en Argentina. Según la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), las compras por debajo de $10 millones hechas por consumidores finales quedarán exentas del recargo, simplificando la compra y beneficiando a pequeños comercios y consumidores.

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¿Qué establece la nueva normativa?

Desde julio, las transacciones en supermercados, hipermercados, minimercados y pequeños comercios de alimentos que no superen los $10 millones estarán exentas de la percepción del IVA para consumidores finales. La medida apunta a facilitar el consumo mediante fondos no bancarizados, conocidos como “dólares del colchón”, y a reducir trabas fiscales adicionales en la compra diaria.

¿Quiénes quedan exceptuados?

La exclusión del recargo se aplicará automáticamente en compras inferiores al umbral mencionado, eliminando la necesidad de que los compradores declaren su condición de consumidor final. Esto abarca tanto grandes supermercados como mercaditos y pequeños comercios, beneficiando especialmente a la economía informal y mejorando la competitividad y liquidez de estos sectores.

Hasta ahora, los comercios debían evaluar si el cliente era consumidor final, lo que generaba disputas frecuentes. El recargo de percepción, que oscilaba entre el 5,25% y 10,5% según el producto, se aplicaba sobre el total de la factura incluyendo el IVA, incentivando prácticas como la fragmentación de tickets para evadir el impuesto.

Este sistema complicaba la experiencia de compra y aumentaba la burocracia en los puntos de venta.

La actualización reduce la discrecionalidad al basar la percepción exclusivamente en el monto total de la compra. Los comercios no deberán analizar el perfil de cada comprador y la exclusión del recargo será automática en las operaciones menores a $10 millones.

Esto mejora la transparencia, facilita la emisión de comprobantes y agiliza el proceso en las cajas, generando una relación más fluida entre vendedores y clientes.

Impacto para diferentes sectores

Las empresas formales, que pueden descontar el IVA como crédito fiscal, no verán un gran impacto, pues la percepción representaba un anticipo recuperable. Sin embargo, para pequeños comercios y actores informales, la medida representa un alivio considerable que potencia su competitividad y liquidez.

La resolución cubre cuatro grandes rubros: supermercados mayoristas, hipermercados, minoristas y minimercados, junto a pequeños mercaditos de alimentos frescos como carnes y verduras.

Por ejemplo, para productos gravados con IVA del 10,5%, como algunas carnes, la percepción aplicable era del 5,25% sobre el total de la factura. Con la nueva regulación, estas percepciones no se aplicarán en compras por debajo del límite, unificando el tratamiento fiscal.

Identificación y obligaciones fiscales

Solo se aplicará percepción si el monto supera $10 millones o si el comprador no declara su condición tributaria. La norma también establece la obligación de identificar al comprador en facturas superiores a este umbral. Las empresas formales que no se identifiquen como consumidores finales seguirán bajo el régimen actual.

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