La abogada previsionalista María Silvia Rapisarda explicó que las pensiones no contributivas no dependen de los aportes jubilatorios, sino de la decisión del Estado frente a situaciones de vulnerabilidad. «No hay un derecho a exigirlas, pero si las suspenden, se puede reclamar por vía judicial», dijo.
Prestaciones sociales sin aportes: cuándo corresponden
Las pensiones no contributivas son beneficios que el Estado otorga a personas en situación de vulnerabilidad, sin necesidad de que hayan realizado aportes previsionales. “No hay un derecho legal a exigirlas, pero si se suspenden, se puede reclamar por vía judicial según cada caso”, explicó María Silvia Rapisarda, abogada especializada en temas previsionales.
Las más comunes son las pensiones por invalidez, por vejez o para madres de siete hijos. Sin embargo, el otorgamiento depende de la voluntad política de cada gobierno. “Si hay una gestión con mirada más social, es probable que se amplíen estos beneficios. Si no, puede haber recortes”, advirtió.
También aclaró que este tipo de pensiones no se resuelven con la misma lógica que las jubilaciones contributivas: “No alcanza con cumplir requisitos. Aunque se presente toda la documentación y haya vulnerabilidad, muchas veces no se otorgan”.
Reformas previsionales que ampliaron derechos
Rapisarda recordó que entre 2005 y 2012 hubo avances significativos en el sistema previsional argentino, como las moratorias que permitieron el acceso a jubilaciones sin los 30 años de aportes. También se incorporaron regímenes especiales para sectores como docentes, investigadores y empleadas domésticas, estas últimas por primera vez incluidas formalmente.
“Antes no tenían cobertura. Hoy, dependiendo de las horas trabajadas, pueden estar blanqueadas, con obra social y derecho a jubilación”, indicó. Estas medidas, junto con la ley de movilidad jubilatoria, contribuyeron a mejorar la situación de los adultos mayores.
Renta vitalicia y reclamos judiciales
Otro grupo afectado son quienes se jubilaron bajo el régimen de capitalización. “Cobran montos bajísimos, como $5.000 o $6.000. Se los puede reclamar judicialmente para que pasen al régimen de reparto”, señaló Rapisarda. En su estudio, ya iniciaron varios juicios de este tipo en San Luis.
Un sistema que necesita financiamiento estatal
La especialista detalló que el sistema de seguridad social no se sostiene solo con aportes laborales: “Eso cubre apenas un 20%. El resto se financia con impuestos. Es así en todo el mundo, no solo en Argentina”.
Además, alertó sobre la inversión de la pirámide poblacional: cada vez hay menos nacimientos y más personas mayores, lo que obliga a pensar nuevos esquemas de financiamiento para sostener los derechos adquiridos.
Dónde consultar
Quienes deseen asesorarse pueden acercarse al estudio jurídico de María Silvia Rapisarda, ubicado en Bolívar 1446, San Luis capital. También pueden comunicarse por WhatsApp al 2665 041472.


