En Córdoba, un hombre fue condenado a casi siete años de prisión por ejercer violencia digital, psicológica y física contra sus ex parejas. El fallo marca un precedente al aplicar la Ley Olimpia y reconocer el impacto de estas agresiones en la salud mental y la libertad de las víctimas.
La Cámara Tercera del Crimen de Córdoba condenó a Paulo Alejandro Arrieta a seis años y siete meses de prisión por ejercer violencia digital y psicológica contra dos de sus ex parejas entre 2022 y 2023. La sentencia, dictada este lunes, destacó el uso sistemático de amenazas, coacción y control mediante redes sociales y dispositivos móviles.
La jueza María de los Ángeles Palacio de Arato consideró que las acciones de Arrieta representaron una forma extendida y sofisticada de violencia de género, al combinar agresiones físicas con métodos de manipulación emocional y tecnológica.
Coacción, difusión de datos privados y chantaje emocional
Arrieta fue encontrado culpable de diez hechos delictivos. Entre los más graves, se incluyen:
- Amenazas de difundir el diagnóstico de VIH de una de sus víctimas para obtener dinero.
- Obligación a consumir cocaína como forma de “demostrar amor”.
- Acceso no autorizado a imágenes íntimas en el celular de una de las mujeres para intimidarla.
- Restricción de acceso a medicamentos esenciales.
- Violencia física y verbal reiterada.
El tribunal consideró que las conductas se encuadran dentro de la Ley Olimpia, legislación que reconoce la violencia digital como una forma de vulneración de derechos en entornos virtuales.
Durante la lectura del fallo, la jueza enfatizó que la violencia digital no solo produce daños psicológicos, sino que también limita la libertad y autonomía de las mujeres. “Estos delitos generan aislamiento social, estigmatización y consecuencias directas sobre el bienestar psicológico”, sostuvo Palacio de Arato.
La jurisprudencia pone en valor el creciente impacto de las tecnologías como herramienta de control y violencia de género, y establece la responsabilidad penal ante este tipo de agresiones.
En un caso paralelo, Ramiro Andrés Rodríguez, de 23 años, fue condenado a 100 días de tareas comunitarias tras divulgar imágenes íntimas de su ex pareja desde el Complejo Penitenciario I de Villa Barberán, Chaco.
Rodríguez, quien cumple una pena de 16 años por el crimen de la activista trans Fabiola Pamela Ramírez, acosó a su ex mediante mensajes persistentes exigiendo retomar la relación. Ante la negativa, difundió contenido privado en redes sociales y plataformas para adultos.
La jueza de Faltas, Marcela Cortés, confirmó los hechos y aplicó la condena por acoso digital.


