El Juzgado de Familia N° 2 de la Tercera Circunscripción dictó un fallo que prioriza la estabilidad afectiva del recién nacido. El juez Hugo Orozco otorgó la adopción plena para asegurar el crecimiento del niño en un entorno familiar desde su primer minuto de vida.
La intervención judicial inició en mayo de 2025, cuando la madre biológica manifestó de forma anticipada su voluntad de dar al niño en adopción. Ante este escenario de vulnerabilidad, el Registro Único de Adoptantes (RUA) y la Defensoría de Niñez activaron un protocolo que permitió la selección de los guardadores antes del parto.
A diferencia de los procesos convencionales, el magistrado dispuso una guarda provisoria inmediata como medida cautelar días antes del nacimiento. Esta decisión evitó el paso del bebé por instituciones o familias de acogida transitorias. Así, el niño salió del centro de salud directo al hogar de sus padres adoptivos.
“Siempre se priorizó que el niño nazca en un ambiente seguro y tenga estabilidad emocional”, explicó la defensora de Niñez, María Luz Vilchez. La funcionaria destacó que el trabajo de los organismos permitió una respuesta eficaz ante la imposibilidad de que el menor permaneciera con su familia de origen o extensa.
El fallo de adopción plena
Tras el parto, las profesionales del RUA realizaron un seguimiento semanal para evaluar el vínculo. Los informes técnicos confirmaron una relación afectiva sólida y positiva. Una vez que la progenitora ratificó su decisión —dentro del plazo legal de 45 días—, el Juzgado de Familia formalizó la adopción plena en diciembre de 2025.
Esta sentencia marca un precedente en la Justicia del norte puntano por su celeridad. El trabajo coordinado entre el Juzgado de Santa Rosa, el RUA y la Defensoría garantizó el interés superior del niño y su derecho a una identidad definitiva sin dilaciones burocráticas.


