Un padre deberá pagar ocho salarios mínimos para cubrir la manutención de sus hijos

Un fallo del Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nº 3 de la Segunda Circunscripción Judicial ordenó a un hombre pagar una cuota alimentaria mensual equivalente a ocho Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) para cubrir las necesidades de sus hijos menores.

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La resolución estuvo a cargo de la jueza Lorena Báez, quien consideró que ese monto resulta razonable para afrontar alimentación, vestimenta, salud, vivienda, educación y esparcimiento.

La demanda surgió tras el divorcio

El expediente comenzó por una demanda presentada por la madre, en representación de sus tres hijos, luego del divorcio de la pareja y ante la falta de colaboración económica del padre.

La mujer señaló que asumía la responsabilidad parental y los gastos de crianza, aunque sus ingresos no alcanzaban para sostener el nivel de vida que los hijos tenían durante el matrimonio.

Entre los gastos mencionó cuotas escolares, clases de inglés y gimnasio, además de alimentación, vestimenta, salud y otros costos habituales.

Un reclamo por la falta de aporte económico

En la demanda inicial, la madre solicitó una cuota alimentaria del 40% del sueldo bruto del padre, junto con cobertura de obra social y beneficios familiares.

Tiempo después, sus abogados denunciaron una ampliación del capital económico del progenitor y pidieron alimentos provisorios con embargo del 45% del salario.

El análisis judicial

Al resolver el caso, la jueza recordó que el deber de alimentar a los hijos surge del artículo 646 del Código Civil y Comercial, que establece la obligación de los progenitores de cuidar, convivir, educar y brindar alimentos.

La magistrada evaluó que la cuota debe responder tanto a las necesidades de los hijos como a las posibilidades económicas del progenitor obligado.

También destacó que la madre enfrenta mayores dificultades para sostener los gastos cuando sus ingresos resultan inferiores.

“Estas decisiones que asume la madre con ingresos menores al padre reducen las posibilidades de los niños, niñas y adolescentes”, señaló la jueza en la sentencia.

Perspectiva de niñez y enfoque de género

El fallo sostuvo que el caso debía analizarse con perspectiva de niñez y enfoque de género, con el fin de evitar que los hijos pierdan el estándar de vida que tenían durante la convivencia familiar.

La jueza remarcó que una cuota menor provocaría desigualdad entre ambos hogares y afectaría las oportunidades de los menores.

El monto fijado por la Justicia

En ese marco, el tribunal dispuso el pago de una cuota mensual equivalente a ocho salarios mínimos vitales y móviles para los hijos menores.

El dinero deberá depositarse en una cuenta judicial y podrá ser retirado por la madre.

El monto tendrá actualización cada seis meses. En la causa intervino la abogada Mikaela Eguinoa, en representación de la demandante.


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