La familia de Johana Escudero solicitó la reapertura de la investigación por la muerte de la mujer de 36 años. El fallecimiento ocurrió el 19 de enero de este año en Villa Mercedes. La jueza de Garantía N°3, Natalia Pereyra Cardini, determinó que la querella deberá encargarse de impulsar el proceso penal mediante la acción privada.
Durante una audiencia de más de 4 horas en el Juzgado de Garantía N°3 de esa ciudad, las representantes del Ministerio Público Fiscal —Nayla Cabrera Muñoz (Fiscal de Género) y Gisela Milstein (Fiscal de Instrucción Nº 5)— detallaron la acumulación de pruebas. Ese material les permitió llegar a la conclusión de que Escudero se quitó la vida sin intervención de terceros.
A partir de esa investigación inicial, las fiscales dispusieron el archivo de la causa el pasado 31 de marzo.
El pedido de la familia
El abogado Alberto Mariani, representante de la familia Escudero, planteó que, atendiendo a las circunstancias personales de Johana, podría tratarse de un homicidio. Entre otras medidas, adelantó que pedirá la revisión de la autopsia. También planteó la necesidad de recibir nuevos testimonios, realizar una reconstrucción del hecho y nuevas pericias.
La postura del esposo
En representación del esposo de Johana Escudero —que no está imputado en la causa— tomó la palabra el abogado Bautista Rivadera. El letrado adhirió a todo lo manifestado por el Ministerio Público Fiscal. Citó lo resuelto por el Fiscal de Juicio el 31 de marzo, cuando se confirmó el archivo de la causa. Aseguró que su asistido también es víctima de la situación.
La decisión de la Jueza
Luego de escuchar a las partes, la Jueza destacó, en primer lugar, la necesidad de resguardar a los hijos de Johana de toda eventual revictimización. Se refirió también al control de legalidad que deben ejercer los Jueces de Garantía. Destacó que durante la audiencia el Ministerio Público Fiscal dio sobradas razones, técnicas y fácticas, por las cuales resolvieron el archivo de la causa.
La magistrada mencionó lo dispuesto en el Art. 55 del Código Procesal Penal en cuanto a los derechos de la víctima y, en este caso, a los de la familia de Johana. En ese sentido, dispuso que el impulso de la causa continuará exclusivamente mediante la acción privada, es decir, a través de los requerimientos que realice el abogado que representa a la querella.


