La Justicia confirmó que tres hombres condenados a prisión perpetua por el secuestro, abuso sexual y asesinato de Natalia Melmann pueden solicitar la libertad condicional. La decisión se conoció el miércoles 8 de octubre de 2026 y fue adoptada por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, en el marco de la causa por el crimen ocurrido en Miramar en febrero de 2001. Sin embargo, el fallo no establece una liberación automática y deja pendiente la evaluación de los demás requisitos legales.
Quiénes son los condenados que pueden solicitar el beneficio
Los hombres alcanzados por la resolución son Ricardo Anselmini, Oscar Echenique y Ricardo Suárez. Los tres recibieron condenas a reclusión perpetua por su participación en los delitos cometidos contra la adolescente.
De acuerdo con los cómputos de pena, Anselmini quedó habilitado para solicitar la libertad condicional el 29 de noviembre de 2021; Echenique, el 7 de diciembre de ese año; y Suárez, el 7 de junio de 2021.
La Cámara determinó que los tres ya cumplieron el requisito temporal previsto por la legislación aplicable. No obstante, la posibilidad de presentar el pedido no garantiza que los jueces lo acepten.
Por qué se aplica un plazo de 20 años y no de 35
Uno de los puntos centrales de la resolución fue establecer qué plazo corresponde aplicar para evaluar el acceso a la libertad condicional.
Como el crimen ocurrió en 2001, la Justicia consideró que rige un período mínimo de 20 años de prisión, en lugar de los 35 años contemplados por modificaciones legales posteriores. Para sostener ese criterio, tomó en cuenta el principio de irretroactividad de la ley penal, que impide aplicar retroactivamente una norma penal más gravosa.
De esta manera, la Cámara confirmó que los tres condenados alcanzaron el tiempo necesario para solicitar el beneficio.
La defensa reclamaba una fecha de vencimiento para las penas
Las defensas habían pedido que la Justicia estableciera una fecha concreta para el agotamiento de las condenas. Según su planteo, mantener a los detenidos sin una fecha definida podía convertir las penas perpetuas en sanciones de duración potencialmente indefinida.
Sin embargo, los jueces Leandro Favaro y Gastón de Marco rechazaron ese argumento. Señalaron que los cómputos judiciales ya determinan cuándo cada condenado puede solicitar la libertad condicional y cuándo se agotaría la pena conforme al régimen legal correspondiente.
Qué falta para que puedan salir de prisión
La resolución distingue entre cumplir el plazo mínimo para solicitar la libertad condicional y obtener efectivamente ese beneficio.
La Justicia deberá analizar las restantes condiciones legales y las circunstancias particulares de cada condenado antes de tomar una decisión. Por eso, los pedidos pueden recibir una respuesta negativa incluso cuando el requisito temporal ya esté cumplido.
Además, la Cámara precisó que el período de cinco años previsto para el agotamiento de las penas perpetuas comenzará a contarse desde el momento en que se conceda la libertad condicional, no desde la fecha en que cada condenado quedó habilitado para solicitarla.
Durante ese período, deberán cumplir las reglas de conducta que establezca la Justicia. El incumplimiento de esas condiciones puede afectar la continuidad del beneficio.
El crimen de Natalia Melmann
Natalia Melmann tenía 15 años cuando fue secuestrada, abusada sexualmente y asesinada en Miramar, en febrero de 2001. El caso se convirtió en uno de los crímenes de mayor repercusión judicial y social de la provincia de Buenos Aires.
La nueva resolución vuelve a poner el expediente en el centro de la atención pública, aunque no modifica las condenas impuestas ni dispone la excarcelación de los tres hombres.
Qué puede pasar ahora
Tras el fallo, Anselmini, Echenique y Suárez cuentan con la posibilidad de solicitar la libertad condicional. La decisión final dependerá de la evaluación judicial de cada pedido y del cumplimiento de las condiciones que establece la ley.
La clave del caso es que la habilitación temporal constituye un requisito para iniciar el trámite, pero no equivale a una autorización para abandonar la cárcel.


