Adiós a las facturas M: qué cambia desde diciembre 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que, desde el 1º de diciembre de 2025, ya no se habilitarán más facturas clase “M”. En su lugar, los contribuyentes deberán emitir comprobantes clase “A” con leyendas específicas, según el nivel de cumplimiento fiscal y patrimonial. La medida surge de la Resolución General 5762, ya publicada oficialmente.

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Las facturas “M” se habían creado en 2003 mediante la Resolución General 1575, como una alternativa para contribuyentes que no cumplían con todos los requisitos de solvencia patrimonial o historial fiscal.
Su uso respondía a la detección de maniobras fraudulentas con facturas apócrifas, utilizadas para generar créditos fiscales ilegítimos o gastos inexistentes.

Con este sistema, quienes no alcanzaban los criterios exigidos para facturar con comprobantes clase “A” eran habilitados a operar con facturas “M”.

Qué facturas regirán desde diciembre

Según la Resolución 5762, a partir de diciembre se implementará un nuevo esquema unificado para simplificar la habilitación de comprobantes. Las opciones serán:

  • Comprobantes clase “A”: para contribuyentes que cumplan con todos los requisitos fiscales y patrimoniales.
  • Comprobantes clase “A” con la leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”: para quienes no reúnan las condiciones completas, reemplazando a las actuales facturas “M”.
  • Comprobantes clase “A” con la leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”: cuando el único incumplimiento sea la falta de solvencia patrimonial.

Quienes actualmente utilicen facturas “M” deberán migrar automáticamente al formato “A con retención”, conservando la numeración progresiva salvo que gestionen un nuevo punto de venta.

ARCA aclaró que las facturas clase “M” impresas podrán seguir utilizándose únicamente como respaldo en caso de fallas en los sistemas informáticos, y hasta la fecha de vencimiento otorgada en cada autorización de impresión.


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