El Tribunal de Impugnaciones de San Luis rechazó un recurso de apelación presentado por la defensa de un hombre imputado por abuso sexual y confirmó en todos sus términos la resolución dictada el 31 de octubre de 2025 por la jueza provisoria de Garantías Nº 3, Natalia Lazarte Otero.
En el mismo fallo, los magistrados advirtieron sobre el uso indebido de inteligencia artificial en escritos judiciales y solicitaron al Colegio de Abogados y Procuradores que analice la conducta del defensor por citar jurisprudencia inexistente.
La apelación cuestionó la resolución de la jueza por supuesta arbitrariedad, incorrecta aplicación de normas procesales, violación del principio de legalidad y afectación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable. El Tribunal aclaró que su análisis se limitó a los tres agravios formulados, tal como establece el artículo 281 del Código Procesal Penal.
Aunque el recurso se presentó en tiempo y forma, los jueces concluyeron que ninguno de los planteos resultó procedente.
Jurisprudencia inexistente citada por el abogado y advertencia institucional
Uno de los agravios expuestos en audiencia por el abogado Marcelo Estrada aludía a la presunta vulneración de la doctrina “Acosta” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, los jueces Yanina Del Viso, Laura Molino y Jorge Sabaini Zapata, señalaron que tras una búsqueda exhaustiva —con intervención de la Secretaría de Jurisprudencia del máximo tribunal— el fallo citado no existe en ninguna base de datos oficial.
“Ante la sospecha de que la cita fuera producto de una ‘alucinación’ de inteligencia artificial, se intimó a la defensa para que precisara los datos de la fuente, sin poder brindar el profesional dato alguno, y reduciéndose a solicitar se desglose la misma, a lo que no se hizo lugar”, indica la resolución del 22 de diciembre.
En ese punto, los magistrados advirtieron que el uso de herramientas de IA sin verificación de fuentes compromete los deberes de probidad, lealtad y veracidad profesional. Por eso, resolvieron oficiar al Colegio de Abogados y Procuradores de San Luis para que evalúe una eventual responsabilidad disciplinaria del letrado.
“Dado que el recurso se sustentó casi íntegramente en jurisprudencia inexistente, y aún más, se adjuntaron copias que bien podrían haber inducido a error a este tribunal, considero necesario oficiar al Colegio de Abogados y Procuradores de San Luis remitiendo copia de lo actuado”, expresaron los jueces.
También ordenaron difundir una advertencia institucional sobre el uso responsable de la inteligencia artificial en el ejercicio forense. “La omisión de verificar la veracidad de la jurisprudencia o doctrina presentada ante los tribunales no solo constituye una falta ética, sino que pone en riesgo la seguridad jurídica y el correcto funcionamiento del sistema de justicia”, añadieron.
Con esos fundamentos, el Tribunal resolvió rechazar la apelación del abogado y ordenar que la causa continúe conforme a su estado procesal.
El planteo de la Fiscalía
Durante la audiencia realizada a fines de noviembre, la fiscal Antonella Córdoba, de la Fiscalía Especializada en Género Nº 2, solicitó que se confirme la resolución cuestionada en la causa por abuso sexual con acceso carnal atribuida a N.M.B., ocurrida en noviembre de 2014.
La representante del Ministerio Público rechazó los planteos defensivos y afirmó que el Tribunal actuó conforme a derecho. Sostuvo que las normas procesales tienen aplicación inmediata, incluso en causas iniciadas con anterioridad, y que ello no vulnera garantías constitucionales ni el derecho de defensa.
También descartó una violación al principio de legalidad y explicó que ese principio rige para las normas penales de fondo. En relación con el plazo razonable, señaló la complejidad propia de los delitos de violencia de género, el cambio de sistema procesal, el impacto de la pandemia y la extensión de la actividad investigativa.
Además, remarcó que el imputado nunca estuvo privado de la libertad y que parte de las demoras se vincularon a recursos y planteos formulados por la propia defensa. Córdoba también advirtió que el fallo de la Corte citado por el abogado defensor no pudo ser localizado en repositorios oficiales.
Finalmente, pidió la desestimación de todos los agravios.


