ANDIS: la justicia ordenó restablecer las pensiones por discapacidad suspendidas

El Juzgado Federal Nº2 de Catamarca hizo lugar a una acción de amparo colectivo promovida por asociaciones de personas con discapacidad, titulares de pensiones no contributivas y el Defensor del Pueblo provincial, y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer todas las pensiones suspendidas sin acto administrativo previo. La medida se extiende a todo el país, según explicaron fuentes judiciales.

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La demanda cuestionaba la implementación de auditorías médicas dispuestas a partir del edicto 19.437/25 y denunciaba que, desde julio, gran cantidad de titulares tomaron conocimiento de la baja de sus beneficios al constatar la falta de pago o recibir notificaciones defectuosas, redactadas en un lenguaje técnico y sin permitir el ejercicio adecuado del derecho de defensa.

ANDIS sostuvo que actuó en ejercicio de las facultades otorgadas por los decretos 698/2017 y 843/2024, que las auditorías fueron correctamente notificadas y que las suspensiones se fundaron en la falta de acreditación de los requisitos médicos.

El Tribunal advirtió que la propia demandada no acreditó la existencia de actos administrativos individuales que dispusieran las bajas, lo que configuró una vía de hecho administrativa: un obrar material carente de sustento jurídico que produjo la interrupción de prestaciones esenciales para un colectivo especialmente vulnerable.

El juez destacó que las pensiones no contributivas integran la propiedad de sus titulares y sólo pueden ser suspendidas mediante un procedimiento regular que respete el debido proceso, la defensa en juicio y la obligación estatal de motivar de modo suficiente sus decisiones, más aún cuando se afecta la salud y la subsistencia de las personas con discapacidad.

Fuente: Ambito 


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