La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) resolvió prorrogar el vencimiento de la cuota 4 del Impuesto Inmobiliario Rural y del Inmobiliario Complementario hasta el 18 de diciembre de 2025, una semana más tarde de la fecha original, prevista para el 12 de noviembre.
La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial bonaerense, busca facilitar el cumplimiento fiscal y garantizar que los contribuyentes mantengan los beneficios por buen cumplimiento, como el 10% de descuento por adhesión al débito automático.
Según informaron desde el organismo, la extensión responde a “razones operativas” destinadas a asegurar el correcto proceso de liquidación y disponibilidad de los medios de pago, evitando inconvenientes en el cierre del calendario tributario anual.
De este modo, quienes estén al día con el fisco y cuenten con débito automático habilitado podrán conservar el descuento vigente.
ARBA recordó que las personas contribuyentes pueden abonar sus tributos desde la web oficial www.arba.gov.ar, utilizando tarjeta de crédito o generando el código de pago electrónico para operar a través de cajeros automáticos.
También está disponible el pago mediante Cuenta DNI, escaneando el código QR enviado por correo electrónico o desde la agenda de pagos de la aplicación.
Para quienes prefieran hacerlo de manera presencial, el impuesto se puede abonar en las entidades bancarias habilitadas o en los centros de cobro de Provincia Net Pagos.
Cambio en el vencimiento de las embarcaciones deportivas
Además de la prórroga del Inmobiliario Rural, ARBA modificó la fecha de vencimiento de la cuota 2 del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas, que pasará del 13 de noviembre al 11 de diciembre de 2025.
Cómo adherirse al débito automático y obtener el descuento
Las personas que aún no estén adheridas al débito automático pueden hacerlo desde la página web del organismo.
El trámite se realiza ingresando en www.arba.gov.ar → “Autogestión”, con CUIT y Clave CIT, y luego seleccionando la opción “Gestión de Débitos Automáticos”.
El débito puede configurarse desde una cuenta bancaria (CBU) o tarjeta de crédito, salvo en el caso del Impuesto Complementario, que admite únicamente débito en cuenta.
Quienes ya estén adheridos seguirán accediendo al beneficio del 10% de bonificación por cumplimiento.


