La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que, desde el 1° de julio de 2026, nuevos contribuyentes deberán emitir factura electrónica por sus ingresos. La medida, oficializada mediante la Resolución General 5824/2026, alcanza a directores de sociedades, socios gerentes y profesionales que perciban honorarios judiciales, con el objetivo de reforzar el control fiscal y la trazabilidad.
La Resolución General 5824/2026 amplía el régimen de comprobantes digitales y suma actividades que hasta ahora no estaban plenamente alcanzadas por la facturación electrónica obligatoria.
La exigencia regirá para los ingresos percibidos desde el 1° de julio de 2026 y no impactará en la liquidación correspondiente al período fiscal 2025.
Directores y socios gerentes deberán facturar
A partir de la nueva normativa, los directores de Sociedades Anónimas (SA) y los socios gerentes de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) estarán obligados a emitir comprobantes electrónicos por los honorarios derivados de sus funciones.
Hasta el momento, en muchos casos estos ingresos no se facturaban de manera sistemática. Con el cambio, deberán regularizar su situación impositiva, inscribirse formalmente ante ARCA y habilitar un punto de venta electrónico, incluso si registran pocas operaciones al año.
Abogados, peritos y auxiliares alcanzados
La resolución también incorpora a profesionales que intervienen en expedientes judiciales. Abogados, peritos y auxiliares de la Justicia deberán emitir factura electrónica por cada honorario regulado que perciban, sin importar la modalidad de pago.
El organismo busca que estos ingresos queden plenamente registrados en el sistema fiscal. La medida permitirá integrar los montos en las declaraciones impositivas automáticas y facilitar el cruce de datos para controles posteriores.
La normativa introduce nuevas exigencias para operaciones con consumidores finales.
Cuando el comprador necesite computar la factura como deducción en el Impuesto a las Ganancias, será obligatorio incluir su CUIT o CUIL en el comprobante. Esto apunta a mejorar la trazabilidad de las operaciones.
Además, en transacciones superiores a $10.000.000 será obligatorio identificar al cliente en la factura. No podrán emitirse comprobantes anónimos por encima de ese monto.
Más sectores alcanzados
La ampliación del régimen también elimina ciertas dispensas y extiende la obligación de facturación electrónica a:
- Colegios privados.
- Empresas de medicina prepaga.
- Entidades civiles que reciban pagos directos de usuarios o afiliados.
Con esta decisión, ARCA refuerza el control sobre servicios educativos y de salud que perciben ingresos de manera directa.


