Condenan a 12 y 18 años de prisión a los culpables del crimen de una beba

Un tribunal del Colegio de Jueces de la primera circunscripción sentenció a Edgar Sánchez a 18 años de prisión y a Melanie Castro a 12 años de cárcel por el crimen de una beba de 9 meses, hija de la mujer.

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El veredicto se conoció este viernes al mediodía, un día después de que se declarara la responsabilidad penal de ambos.

Sánchez fue condenado por homicidio simple, mientras que Castro recibió la pena como coautora de homicidio calificado por el vínculo, en comisión por omisión, con circunstancias extraordinarias de atenuación. Tras la audiencia, ambos fueron trasladados al Servicio Penitenciario Provincial.

El tribunal estuvo integrado por Adriana Lucero Alfonso, Julio Fernando De Viana y Hugo Guillermo Saa Petrino.

“Una víctima absolutamente vulnerable”

La fiscal de Juicio, Virginia Palacios, había solicitado 20 años de prisión para Sánchez y sostuvo que esa pena era justa, proporcional y razonable.

“Porque acá hay una cuestión de maltrato infantil. Y es una cuestión social. Sí, es una cuestión social. Y en la función de ejercicio representación de intereses que también en ese orden se deben ponderar. Aquí estamos hablando de una víctima absolutamente vulnerable. Y en ese orden de ideas la interpretación y la motivación de las decisiones deben estar a soluciones y diligencias que importen el reflejo o la visibilización de la absoluta protección y garantía de los derechos del niño”, afirmó.

Respecto a Castro, la fiscal consideró que una pena de 15 años era acorde y pidió que la mujer cumpliera la condena en el Servicio Penitenciario Provincial. Hasta el juicio, permanecía con prisión domiciliaria.

“Mandar a Sánchez a prisión 20 años es sobreactuar”

El defensor oficial Esteban Sala, representante de Castro, sostuvo que la pena solicitada por la fiscalía era excesiva y que no había motivos para apartarse del mínimo legal, fijado en ocho años.

El abogado de Sánchez, Raúl Sanabria, también rechazó el pedido de la fiscal y pidió la pena mínima para su defendido. “La prueba fue imprecisa y este caso no dejó de ser un homicidio culposo, accidental. Mandar a Sánchez a prisión 20 años es sobreactuar y dejar a dos niños sin su padre”, argumentó.

La brutalidad del crimen

El 8 de octubre, Castro llevó a la beba al Hospital Cerro de la Cruz en estado de desvanecimiento y sin signos vitales. Ante la gravedad del cuadro, los médicos activaron el Código Rojo y la derivaron de urgencia. En el Policlínico lograron reanimarla y detectaron una fractura de cráneo, por lo que fue internada en terapia intensiva.

El diagnóstico reveló edema cerebral, hematoma subdural, fractura de cráneo y hematomas en el rostro y el pie derecho. Su estado se agravó y falleció el 15 de octubre.

La médica forense Marcela Gómez, del Poder Judicial, descartó que las heridas fueran producto de una caída accidental. En su informe, determinó que la niña sufrió muerte cerebral irreversible y presentaba una hemorragia en llamas en la retina, lesión característica del maltrato infantil.

La investigación determinó que Sánchez y Castro mantenían una relación desde hacía dos meses y se veían los fines de semana en la casa del hombre, en el barrio 208 Viviendas, donde ocurrió el crimen. La madre sostuvo que la beba se cayó de la cama, pero la fiscalía rechazó esa versión y concluyó que sufrió un fuerte impacto que le provocó una fractura de cráneo, una hemorragia aguda cerebral y, finalmente, la muerte.

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