El Tribunal Unipersonal de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del juez Fernando De Viana, condenó a un hombre a dos años y tres meses de prisión en suspenso por amenazas, violación de domicilio y desobediencia judicial en contexto de violencia de género.
Además, dispuso tratamiento psicológico, tareas comunitarias y el uso de tobillera electrónica.
Condena en juicio abreviado
Este lunes, el juez sentencia en una causa por violencia de género tramitada bajo la modalidad de juicio abreviado.
La audiencia contó con la presencia de la fiscal María Delia Bringas, especializada en género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores; las abogadas Ana María López y María Victoria Robledo por la querella; y el defensor Jorge Sosa.
El tribunal homologó el acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal, que estableció una pena de dos años y tres meses de prisión en suspenso y medidas de cumplimiento obligatorio.
Hechos probados
La acusación fiscal refiere a que los hechos ocurrieron entre octubre de 2022 y enero de 2023 en la ciudad de San Luis. Durante ese período, el acusado ingresó sin autorización al domicilio de su expareja, la agredió físicamente e irrumpió nuevamente en otra vivienda vinculada a la víctima.
Además, se comunicó en reiteradas oportunidades con ella por medios electrónicos, violó una orden judicial de restricción y prohibición de contacto que protegía a la mujer y su grupo familiar.
Los hechos fueron encuadrados como amenazas, violación de domicilio y desobediencia a una orden judicial, todos cometidos en contexto de violencia de género.
La resolución judicial
El juez De Viana condenó al imputado a la pena acordada y destacó que sus conductas afectaron la vida familiar y emocional de la víctima.
En la audiencia, el magistrado lo exhortó a “asumir su responsabilidad como padre y dejar atrás la violencia”, instándolo a priorizar el bienestar de su hijo y reconstruir los vínculos dañados.
Medidas complementarias
La sentencia incluye una serie de medidas obligatorias:
- Uso de tobillera electrónica durante seis meses.
- Prohibición de acercamiento a la víctima por otros seis meses, una vez cumplido el período anterior.
- Tratamiento psicológico en el Hospital “Ramón Carrillo”, con seguimiento y acreditación médica.
- Tareas comunitarias por seis meses en la Parroquia María Auxiliadora, bajo supervisión del sacerdote a cargo.
Cumplimiento condicional de la pena
La condena en suspenso implica que el acusado podrá permanecer en libertad, siempre que respete las pautas de conducta impuestas.
El incumplimiento de cualquiera de ellas o la comisión de nuevos delitos determinará que deba cumplir la totalidad de la condena en prisión, además de enfrentar las sanciones por los hechos posteriores.