La abogada previsionalista María Silvia Rapisarda explicó que el monto de cada jubilación varía según la ley con la que se otorgó el beneficio y el modo en que se actualizaron las remuneraciones de los últimos diez años.
Y afirmó que pueden existir dos personas con iguales aportes que, sin embargo, cobren cifras muy diferentes. También detalló qué ocurre con quienes trabajaron en negro, cómo funciona la PUAM y cuáles son las vías de reclamo.
¿Por qué dos jubilados con los mismos aportes cobran distinto?
Rapisarda aseguró que la diferencia suele deberse a la ley con la que cada persona se jubiló y, sobre todo, a cómo se actualizaron las remuneraciones de los últimos 10 años, que determinan gran parte del haber inicial.
Explicó que una jubilación ordinaria está compuesta por tres ítems:
- PBU (Prestación Básica Universal): monto fijo.
- PC (Prestación Compensatoria): surge del promedio actualizado de los últimos 10 años.
- PAP (Prestación Adicional por Permanencia): también depende del promedio actualizado.
“Pueden existir dos jubilados con los mismos aportes que cobren diferente. Todo depende de la época en la que se jubilaron y del índice con el cual se actualizaron las remuneraciones”, señaló.
Incluso hoy, dijo, la fecha en que se inicia el trámite impacta: no cobra lo mismo quien inicia en marzo, junio o septiembre que quien lo hace en meses intermedios, porque los índices de actualización no se aplican igual durante el año.
¿Se puede reclamar?
La abogada remarcó que estos casos se resuelven judicialmente y mencionó el principio de “indiferencia del cese”, que indica que dos personas con igual historia laboral deberían percibir el mismo haber, sin importar la fecha del trámite.
Rapisarda enumeró un amplio respaldo normativo para reclamar:
- Artículo 14 bis de la Constitución.
- Pactos internacionales de derechos económicos y sociales.
- Tratado de protección de adultos mayores.
- Prohibición constitucional de dictar normas regresivas.
“En la actualidad el Estado genera un mecanismo en el que hay que reclamar. El que no reclama, no obtiene. Si la gente reclamara masivamente, estas prácticas deberían revertirse”, afirmó.
¿Qué pasa si trabajé muchos años en negro?
El trabajo informal provoca que, al llegar a la edad jubilatoria, no se cuenten con los 30 años de aportes requeridos. Esto se resolvió durante años mediante las moratorias previsionales.
¿Qué moratorias existen hoy?
- Moratoria “vieja”: permite completar aportes hasta 1993 (desde los 18 años de la persona hasta ese año).
- Requisitos socioeconómicos: si ANSES rechaza el acceso por ingresos o bienes, se puede reclamar judicialmente.
En caso de no reunir los años necesarios, la única alternativa es la PUAM.
PUAM: quiénes acceden y cuánto se cobra
La Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM) es:
- Para mujeres y hombres a partir de los 65 años.
- Para quienes no alcanzaron los 30 años de aportes.
- Equivale al 80% de la jubilación mínima.
- Es incompatible con cualquier otra prestación (pensiones, retiros, beneficios no contributivos).
La abogada señaló que esta prestación genera fuertes injusticias: “Es muy injusto para quienes tienen 20, 25 o 28 años de aportes. El Estado termina apropiándose de esos aportes sin reflejarlos en el monto final”.
También recordó la existencia —poco difundida— de la Prestación por Edad Avanzada, para personas de 70 años o más con 10 años de aportes, 5 de ellos previos a 2016, que otorga un monto algo superior a la PUAM.
Bonos, mínimos y confusiones frecuentes
Rapisarda aclaró que el haber mínimo actúa como techo para calcular el resto de las prestaciones.
- El bono de $70.000 no es para todos:
- Solo lo reciben quienes tienen una única prestación.
- En diciembre, el piso para cobrarlo será de $410.000.
- Quien cobre por encima de ese monto no lo percibirá.
- Para quienes están cerca del mínimo, el bono se ajusta hasta completar el tope, por lo que no siempre llega a $70.000.
Reclamar es clave
La abogada insistió en que las diferencias entre lo que dicta la ley y lo que efectivamente paga el Estado solo se revierten mediante reclamos individuales.
“El Estado dice: ‘El que quiera, que reclame’. Como la mayoría no reclama, estas prácticas continúan. Pero es posible reclamar y obtener el haber correcto”, dijo.
Contacto para consultas y reclamos
El estudio de Rapisarda atiende consultas vía WhatsApp al 2665 041472. “La gente tiene derecho a reclamar. Y debería hacerlo, porque muchos haberes están mal liquidados y las actualizaciones no se aplican como corresponde”, concluyó.


