La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado argentino por la muerte de Marcelita Iglesias, la niña de seis años que falleció el 5 de febrero de 1996 tras ser aplastada por una escultura de hierro en el Paseo de la Infanta, en la Ciudad de Buenos Aires. El fallo, emitido el 26 de noviembre, determinó que el país incumplió con su deber de control y supervisión en la instalación de la obra.
La resolución ordena al Estado implementar medidas de reparación para la familia, incluyendo indemnizaciones económicas, asistencia psicológica y la creación de un espacio de memoria dedicado a la infancia.
Fallo de la Corte Interamericana
El tribunal internacional consideró responsable a la República Argentina por no haber regulado ni fiscalizado de forma adecuada la colocación de la estructura metálica que provocó la tragedia.
Entre las medidas dispuestas en la sentencia, la Corte ordenó:
- El pago de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales a los padres de la víctima.
- La cobertura de gastos por tratamientos médicos y psicológicos como medida de reparación.
- La creación de un espacio de memoria y recreación para niños y adolescentes, que deberá concretarse dentro de un plazo de dos años si la familia acepta la propuesta.
- La elaboración y publicación permanente de una compilación de normas sobre seguridad en instalaciones similares, disponible en el sitio web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Estas acciones buscan garantizar que un hecho similar no vuelva a repetirse.
Reacción de la familia
Tras conocerse el fallo, Nora Ribaudo, madre de Marcelita, expresó su satisfacción por la decisión judicial.
“Estamos satisfechos de haber podido cumplir con Marcela y con la sentencia”, señaló en declaraciones a la Agencia Noticias Argentinas.
Para la familia, el fallo representa un reconocimiento internacional tras décadas de reclamos en el sistema judicial.
La causa penal en Argentina se inició contra varias personas vinculadas con la instalación de la escultura, entre ellas el escultor Danilo Dazinger, los propietarios de la Galería Der Brücke, Mauricio Lowenstein y Diana Lía de Lowenstein, además de la coordinadora del concurso en el que se presentó la obra y tres ex funcionarios públicos.
Los acusados enfrentaban cargos por homicidio y lesiones culposas. Sin embargo, en 2005, la jueza María Nocetti resolvió que el caso había tardado demasiado en llegar a juicio y declaró la prescripción de la causa, lo que impidió que los imputados fueran juzgados.
Desde entonces, los padres de la niña realizaron múltiples apelaciones para revertir esa decisión, pero todas fueron rechazadas.


