La Cámara Federal de Salta declaró inconstitucional la ley 27.609 de movilidad jubilatoria que rigió entre 2021 y 2023 y ordenó recalcular el haber de José Palavecino, un jubilado cuya pérdida del poder adquisitivo fue del 42% en ese período. El tribunal determinó que, aunque su jubilación aumentó un 987%, la inflación acumulada fue del 1.400%.
Este fallo se suma a decisiones similares en Mendoza y Mar del Plata, donde también se declaró la inconstitucionalidad de la ley y se señalaron pérdidas del 50% del poder adquisitivo. En el caso mendocino, la ANSES apeló mal y el fallo quedó firme.
En todos los casos, los jueces coincidieron en que la fórmula que combinaba salarios y recaudación no garantizaba una jubilación digna y que el propio Gobierno admitió su fracaso al derogarla en 2024.
“Lo que reconocieron en un decreto, no lo reparan”
María Silvia Rapisarda, abogada previsionalista, explicó que estos fallos no son sorpresivos: “Esto es la continuidad de una realidad que vemos todos los días cuando vamos al supermercado. La pérdida del poder adquisitivo de los jubilados es evidente”.
Rapisarda recordó que cada vez que se modificó la fórmula jubilatoria, fue para evitar un aumento significativo en los haberes: “En 2018 les correspondía un aumento del 16,8% y les dieron solo un 3%. En 2020, durante la pandemia, suspendieron la movilidad y otorgaron aumentos por decreto, pero nunca compensaron lo que no dieron”.
Además, subrayó que el decreto 274/2024, firmado por el actual Gobierno, reconoce expresamente la pérdida sufrida por los jubilados, aunque no ofrece una reparación:
“Reconocen que la ley fue desastrosa, pero no devuelven nada. El IPC se aplicará recién desde julio, mientras los jubilados siguen perdiendo”, dijo.
“El que no reclama, no recupera”
La abogada fue clara: los fallos judiciales son importantes, pero no automáticos. Para beneficiarse, cada jubilado debe iniciar su reclamo:
“Esto no es algo que el Estado reconozca de oficio. Si no se reclama, no hay restitución”, indicó.
Rapisarda también señaló que en su estudio jurídico hacen un cálculo personalizado de cuánto habría que recuperar, y que en muchos casos los aumentos al final del juicio podrían llegar al 60% o 70% del haber actual.
“Siempre explicamos que la jubilación debe mantener el mismo poder adquisitivo que el salario en actividad. Eso se rompió. Todos han perdido”, detalló.
Los haberes mínimos y los bonos congelados
La letrada también hizo foco en los jubilados de la mínima, quienes además de los haberes básicos, reciben un bono que permanece congelado: “Ese bono también debería actualizarse con el costo de vida. Hoy no se mueve, mientras todo aumenta. La pérdida es para todos los jubilados, no importa cuánto cobren”.
¿Qué se necesita para reclamar?
Rapisarda destacó que el reclamo requiere asesoramiento legal y que el primer paso es agotar la vía administrativa ante la ANSES, aunque ya se sabe que será denegada: “Después de eso, se habilita la instancia judicial. El trámite es ante juzgados federales y requiere una evaluación concreta de la pérdida”.
También recordó que el Código de Ética de los abogados previsionalistas permite asesoramiento gratuito en casos de vulnerabilidad social, pero el resto debe recurrir a profesionales privados.
Un llamado urgente a accionar
“Esto ya pasó antes: en 2001, en 2006, en los ’90. Lo que cambia es la magnitud de la pérdida. Hoy hablamos de un deterioro del 54%, del 60%, y eso no es algo menor”, concluyó Rapisarda.
Acceder a consultas con la doctora en: @estudiorapisardamiotti o al 2665041432.


