El juez subrogante del Juzgado de Garantía N° 4, Juan Manuel Montiveros Chada, prorrogó por 60 días las medidas de coerción contra cinco exfuncionarios investigados por presuntas maniobras de fraude en la administración pública. Entre ellos figuran dos exministros de Seguridad, un diputado nacional y dos exintendentes.
El magistrado dispuso la continuidad de la inhibición general de bienes para todos los imputados y la obligación de firmar entre el 1 y el 10 de cada mes. Sin embargo, limitó la prohibición de salida de la provincia a Mario Canali, Jeremías Vivas y Claudio Latini.
La causa por las obras policiales
Los cinco exfuncionarios fueron imputados en septiembre de 2025 por presuntas maniobras de fraude en perjuicio de la administración pública, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. La investigación apunta a:
- Luciano Anastasi (exministro de Seguridad)
- Claudio Latini (exministro de Seguridad)
- Ernesto Alí (exintendente de La Toma y actual diputado nacional)
- Jeremías Vivas (exintendente)
- Mario Canali (exintendente de Cortaderas)
Según la acusación fiscal, durante la gestión de Anastasi se suscribieron convenios con intendentes para refacciones millonarias en comisarías, cuarteles de bomberos y dependencias policiales. Los contratos se adjudicaron de manera directa y establecían anticipos de hasta el 40% del monto total. Sin embargo, la fiscal sostuvo que se realizaron desembolsos que superaron en gran medida lo pactado, sin que existiera inicio, avance ni finalización de las obras comprometidas.
Luego, bajo la gestión de Latini, los contratos se rescindieron «de común acuerdo» bajo el argumento de la inestabilidad económica, pese a que ya se habían efectuado las transferencias millonarias. Informes técnicos y constataciones judiciales de 2023 y 2024 confirmaron que los trabajos nunca se realizaron y que los sitios permanecían en estado de abandono.
El pedido de la Fiscalía en la causa por las obras policiales
La fiscal adjunta Roxana Alcaraz solicitó la prórroga en la audiencia de este viernes y remarcó que se trata de medidas necesarias para asegurar que los imputados permanezcan a derecho durante el desarrollo del proceso penal. Subrayó la importancia de la inhibición de bienes como herramienta para garantizar el eventual cumplimiento de una condena, sobre todo en causas que involucran el manejo de fondos públicos.
Además, la fiscal recordó que Latini fue condenado el 31 de octubre de 2025 a dos años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de peculado. Si recae una nueva condena, podría derivar en una declaración de reincidencia.
Alcaraz informó que la investigación penal preparatoria ya se encuentra concluida y que la Fiscalía se encamina a formular la acusación.
Las defensas rechazaron la prórroga
En la sala estuvo presente Anastasi junto a la defensora oficial, Stefanía Cifuentes, quien también representa a Canali. El exministro rechazó la inhibición general de bienes por considerarla desproporcionada para su actividad como empresario.
Cifuentes sostuvo que sus defendidos «siempre se ajustaron a derecho» y que «no hay solidez en la imputación» . Otros defensores también se opusieron: Ibáñez (defensor de Latini) dijo que el plazo solicitado es excesivo; Alejandro Cordido (abogado de Vivas) afirmó que no se fundamentó el plazo; y Nedo Gómez (abogado de Alí) se opuso a la inhibición general de bienes.
Los fundamentos del juez
Al resolver, Montiveros Chada puso el foco en la naturaleza económica de los delitos investigados y en la necesidad de garantizar una eventual reparación patrimonial en caso de condena. Destacó que las medidas cautelares deben orientarse a asegurar resultados concretos, como la disponibilidad de bienes.
El juez advirtió que, en algunos casos, la inhibición podría carecer de efectos prácticos, mientras que en otros, ciertas limitaciones podrían afectar la actividad laboral de los acusados. Remarcó que las medidas de coerción no constituyen una sanción, sino herramientas para garantizar el normal desarrollo del proceso bajo el principio de inocencia.
El magistrado dejó planteada la necesidad de evaluar, a futuro, medidas más eficaces, sobre todo porque la investigación se encuentra próxima a la etapa intermedia, con la acusación fiscal prácticamente finalizada.


