La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal de San Isidro resolvió este lunes, revocar la orden de desalojo del predio de FATE, en el partido de San Fernando. Por unanimidad, la Sala II revocó la orden de lanzamiento dictada el 18 de febrero por el Juzgado de Garantías 4.
La resolución salió a raíz de la apelación del titular del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA), Alejandro Crespo. La orden de lanzamiento argumentaba que se trataba de un conflicto laboral, y no de una causa penal.
Al momento de resolver los jueces dictaminaron que es “un conflicto laboral en el marco del cual los operarios de la empresa Fate S.A. han decidido tomar una vía de acción directa e ingresar a la fábrica donde trabajaban en defensa de sus puestos de trabajo. La huelga, como expresión más pura del reclamo, se encuentra reconocida como derecho en el artículo 14 bis de la CN y se trata de un medio de acción directa, de carácter colectivo, destinada a preservar o conquistar derechos o intereses de los trabajadores.”
A su vez remarcaron que «la afectación de un derecho constitucional con relación a los trabajadores, a quienes se lanzaría del inmueble, importaría un gravamen irreparable que justifica ingresar al tratamiento del presente recurso.”
La resolución también indica que un contexto en el que «aún no han finalizado las instancias de conciliación y negociación entre las partes en conflicto, resulta prematuro Como consecuencia de ello, al menos por el momento, corresponde revocar la decisión en crisis en cuanto ordena el inmediato desalojo» de la fábrica de neumáticos FATE.
“…Se trata de una medida derivada de su rol de representante sindical, destinada a la defensa de la fuente de trabajo, y reconoce la autoridad que, tanto a nivel provincial como nacional, intervienen en la resolución del conflicto laboral».
Fuente: Ambito


