$LIBRA: la Cámara Federal avaló embargos, pidió ampliarlos y apuró la investigación por la presunta estafa cripto

En el marco de la investigación $LIBRA, la Cámara Federal confirmó una resolución que reemplazó la prohibición de innovar sobre los bienes de los imputados, por embargos patrimoniales, a partir de un planteo realizado por la querella encabezada por Juan Grabois. El tribunal, no obstante, ordenó readecuar o incrementar esas medidas antes de su levantamiento definitivo y exhortó al juez del caso a avanzar en la investigación de la supuesta estafa cripto.

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El tribunal avaló los embargos dispuestos sobre los bienes y/o dinero de varios imputados, por un monto inicial de $36.875.000 y un plazo de 90 días, aunque advirtió que, en función del estado de la causa y de la complejidad de la maniobra investigada, el alcance de la medida deberá ser revisado y aumentado.

La Sala I de la Cámara ratificó así la decisión del juez Marcelo Martínez de Giorgi que dispuso embargos sobre los bienes y/o dinero de Hayden Mark Davis, Sergio Daniel Morales, María Alicia Rafaele, María Pía Novelli, Favio Camilo Rodríguez Blanco de Orlando, Rodolfo Mellino, Mauricio Gaspar Novelli y Manuel Terrones Godoy, por un monto total de $36.875.000, en función del perjuicio denunciado por los presuntos damnificados.

Embargos confirmados y advertencia al juez

Al respecto, los camaristas indicaron que, previo al levantamiento de la prohibición de innovar, el juez deberá “fijar un prudente aval patrimonial ajustado a esa realidad, que tutele las metas del proceso”, teniendo en cuenta la entidad de los hechos, la cuantía del daño y el grado de participación de cada imputado.

“Se habrá de encomendar al juez a que, con carácter previo al levantamiento de la medida de no innovar, fije un prudente aval patrimonial ajustado a esa realidad, que tutele las metas del proceso”, dice uno de los párrafos del fallo.

“Para tal fin, se habrá de evaluar en cada caso una suma que, según la entidad y gravitación de los hechos y la cuantía del daño y del grado de participación, resulte necesario a los fines previstos.”

En su análisis, la Cámara reconoció que las medidas cautelares patrimoniales resultan procedentes en el caso, ya que se encuentran reunidos los requisitos de verosimilitud en el derecho y peligro en la demora, pero aclaró que su aplicación debe ser excepcional y proporcional.

En ese sentido, sostuvo que la inmovilización total de los bienes no puede extenderse indefinidamente, dado que “impacta del modo más severo posible sobre la libertad patrimonial de las personas”.

Fuente: Ambito


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