Media sanción a la reforma del Código Procesal Civil y Comercial

La Cámara de Diputados de San Luis aprobó este miércoles, por 24 votos afirmativos y 13 negativos, el proyecto de reforma al Código Procesal Civil y Comercial, enviado por el gobernador Claudio Poggi. La iniciativa ahora deberá ser tratada en el Senado para convertirse en ley.

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Plazos automáticos y celeridad procesal

El proyecto propone que los plazos para dictar resoluciones comiencen a correr automáticamente, sin necesidad de notificaciones intermedias. La reforma fue elaborada tras reuniones del Ejecutivo con autoridades del Colegio de Abogados de San Luis, Villa Mercedes, la tercera circunscripción y el Colegio Forense.

El diputado Christian Gurruchaga fundamentó el despacho por mayoría y explicó que la propuesta busca garantizar el derecho a ser oído en un tiempo razonable y evitar que los procesos judiciales se prolonguen innecesariamente.

Cambios en medidas para mejor proveer y retardo de justicia

Una de las modificaciones centrales limita el uso de las medidas para mejor proveer: los jueces podrán dictarlas una sola vez por instancia, con un plazo de 15 días hábiles, prorrogables por única vez.

También se modifica el artículo sobre Retardo de Justicia. Si un juez no puede cumplir con los plazos para dictar sentencia definitiva, deberá comunicarlo al Superior Tribunal de Justicia con al menos 10 días de anticipación. El STJ podrá otorgar una prórroga única de hasta 15 días. Si el plazo no se cumple, el juez perderá automáticamente la jurisdicción y el expediente será reasignado.

Aplicación de la nueva normativa

Una vez sancionada, la ley se aplicará a todos los juicios iniciados después de su publicación en el Boletín Oficial. También podrá aplicarse a causas en trámite, siempre que no haya comenzado el cómputo de plazos bajo la normativa anterior.

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