Milei simplifica importaciones: qué cambia y a qué productos afecta

El Gobierno nacional oficializó un nuevo esquema para facilitar las importaciones en Argentina. A través del Decreto 892/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se habilita el ingreso de mercaderías con certificaciones internacionales, sin repetir controles locales, con el objetivo de reducir trámites, costos y tiempos.

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La medida impulsada por la gestión de Javier Milei permite que los requisitos técnicos para importar se consideren cumplidos cuando los productos cuenten con certificaciones válidas emitidas en países o bloques de referencia. También se aceptarán avales de organismos certificadores y laboratorios acreditados, tanto del exterior como locales.

Según el texto oficial, la iniciativa busca desburocratizar el comercio exterior, eliminar verificaciones redundantes y acelerar el ingreso de bienes al mercado argentino. La decisión se alinea con los compromisos asumidos por el país ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los acuerdos multilaterales vigentes, incorporados por la Ley 24.425.

Qué certificados serán válidos

Avales oficiales y laboratorios acreditados

El decreto establece que podrán utilizarse:

  • Certificados emitidos por autoridades oficiales de países de referencia.
  • Avales de organismos certificadores reconocidos.
  • Informes de ensayo de laboratorios acreditados.

Estos documentos deberán demostrar que los productos cumplen con las mismas normas técnicas y estándares de calidad exigidos en la Argentina. La Secretaría de Industria y Comercio, dependiente del Ministerio de Economía, tendrá la facultad de definir mecanismos alternativos de validación.

Alcance para productos regulados por ANMAT y SENASA

Categorías incluidas bajo control sanitario

En el caso de los productos supervisados por la ANMAT, la norma se aplica únicamente a los mecanismos de acreditación técnica para la importación y comercialización de determinadas categorías, entre ellas:

  • Productos médicos de bajo riesgo.
  • Cosméticos y productos de higiene personal.
  • Perfumes y domisanitarios.
  • Dispositivos de diagnóstico in vitro que no requieran cadena de frío.

Para estos bienes, se exigirá que estén autorizados para su uso en al menos uno de los países de referencia o que cuenten con certificaciones oficiales o ensayos que acrediten el cumplimiento de la normativa local.

En paralelo, el régimen alcanza a productos bajo la órbita del SENASA, como fitosanitarios y medicamentos veterinarios. En estos casos, los importadores deberán presentar una declaración jurada que garantice que no implican riesgos para la salud humana, animal ni para el territorio nacional.

El decreto deja expresamente afuera a:

  • Armas, explosivos y sustancias químicas peligrosas.
  • Mercaderías usadas o reacondicionadas.
  • Productos cuya comercialización esté prohibida en el país.
  • Alimentos regulados por el Código Alimentario Argentino.
  • Medicamentos, fertilizantes y bienes alcanzados por regímenes especiales.

También quedan excluidos los productos sin procesamiento industrial, como semillas, frutas, ganado, carnes y otros subproductos silvoagropecuarios contemplados en los acuerdos sanitarios de la OMC.

Controles aduaneros y sanciones

El rol de la Aduana y el régimen penal

La Dirección General de Aduanas, dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), continuará realizando controles mediante los sistemas actuales de selectividad y análisis de riesgo, sin incorporar nuevos esquemas de verificación.

Ante irregularidades, incumplimientos o certificaciones falsas, se aplicarán sanciones previstas en el Código Aduanero y en leyes específicas, como la de Medicamentos, Lealtad Comercial y Defensa del Consumidor.

Plazos de implementación

El decreto establece que los organismos del Sector Público Nacional deberán adecuar sus normas y sistemas en un plazo máximo de 30 días. La medida comenzará a regir 60 días después de su publicación en el Boletín Oficial.

La disposición lleva las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el ministro de Economía, Luis Caputo; el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger; y el ministro de Salud, Mario Iván Lugones.


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