VIDEO | Qué implicancia tendrá para los jubilados el fallo “Fernández Pastor” de la Corte Suprema

En un contexto en el que el Gobierno de Javier Milei busca aprobar antes de fin de año su reforma laboral y avanza en el diseño de una reforma previsional, la Corte Suprema de Justicia emitió este jueves un fallo clave: declaró constitucional el cambio de fórmula de movilidad aplicado por el gobierno de Mauricio Macri a fines de 2017, que derivó en un ajuste menor para los jubilados.

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La decisión, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó el planteo del exfuncionario de ANSES Miguel Fernández Pastor y revocó el fallo de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había reconocido un perjuicio económico para los beneficiarios.

Un recorte que se arrastra desde 2018

La disputa judicial se centraba en el aumento correspondiente a marzo de 2018. Con la fórmula de la Ley 26.417 el incremento debía ser del 14,5%, pero la reforma sancionada en diciembre de 2017 lo redujo al 5,71%.

La abogada previsionalista, María Silvia Rapisarda, explicó que bajo el sistema anterior el derecho al aumento ya se adquiría al cerrar el semestre previo, más allá de la fecha de pago.

Sin embargo, la Corte sostuvo lo contrario: que el derecho se concreta recién al momento del cobro, por lo que al 28 de diciembre de 2017 —fecha en que se aprobó la nueva ley— la movilidad del 15,2% no estaba consolidada.

“La Corte dice que el derecho no estaba devengado en diciembre de 2017. Por eso concluye que no hubo afectación de derechos adquiridos”, señaló Rapisarda.

A quiénes afecta el fallo y a quiénes no

El impacto concreto del fallo es acotado. Solo alcanza a quienes iniciaron juicio por esa diferencia y cuyas causas aún no estaban firmes.

Rapisarda añadió que muchos jubilados ya cobraron ese reajuste tras fallos favorables obtenidos años atrás. Para quienes se jubilaron después de marzo de 2018, la decisión de la Corte no tiene efecto.

Pese a ello, el fallo marca un antecedente en un momento político sensible: el Gobierno trabaja en la redacción de una nueva fórmula de movilidad mientras impulsa cambios estructurales en el sistema previsional.

Las causas que vienen: pérdidas del 70% y fallos pendientes

El caso Fernández Pastor es apenas uno de los expedientes que la Corte mantiene en agenda previsional. Rapisarda detalló que hay dos fallos que podrían tener mucho mayor impacto:

  • Caso Cortés: cuestiona la falta de ajuste por IPC entre 2021 y 2023. La pérdida acumulada rondaría el 70%.
    Ya tendría tres votos y podría resolverse “en breve”.
  • Caso Caliva: también discute la constitucionalidad de la fórmula de la Ley 27.609.

Para la especialista, estos fallos podrían ser determinantes para millones de jubilados: “Este reclamo es menor comparado con el de 2021-2023. Ahí la pérdida es enorme y el propio Poder Ejecutivo la reconoció en su momento”.

Incertidumbre ante una eventual reforma previsional

El clima de preocupación entre trabajadores y jubilados se intensificó luego de que el oficialismo dejara trascender que prepara una reforma previsional profunda, complementaria a la reforma laboral incluida en la “ley ómnibus”.

Rapisarda advirtió que la situación afecta, especialmente, a quienes ya tienen 30 o más años de aportes pero aún no alcanzan la edad jubilatoria:

“Una persona de 60 años con 40 años de aportes hoy no puede jubilarse. Quizás pueda acceder a un retiro voluntario si su empleador lo ofrece, pero nada más”, dijo.

En esa línea, agregó que los regímenes especiales —docentes, docentes universitarios, investigadores, minería, construcción— son los que están más expuestos:

“Son los primeros en la mira. Muchos existen por decreto y son los más fáciles de eliminar. A quienes ya cumplen los requisitos, les recomiendo jubilarse cuanto antes”, remarcó.

“Si el derecho está adquirido, es más difícil que lo quiten”

El posible desmantelamiento de regímenes diferenciados y la armonización de cajas provinciales son temas que el Gobierno evalúa incluir en su proyecto previsional.

Por eso, Rapisarda subraya la importancia de adquirir el derecho antes de que la ley cambie: “Si ya ingresé al sistema jubilatorio, puedo reclamar si me lo quitan. Pero si la ley se modifica antes de que yo cumpla los requisitos, ese derecho ya no existe”.

Un fallo acotado, con un trasfondo enorme

El fallo Fernández Pastor no tendrá un impacto masivo en los haberes actuales. Pero sí confirma una postura de la Corte sobre cómo entiende el derecho a la movilidad, en un momento en que el Gobierno prepara cambios profundos en el sistema.

Mientras tanto, la verdadera disputa previsional —las pérdidas acumuladas entre 2021 y 2023 y la nueva reforma que impulsa la Casa Rosada— permanece abierta.

Asesoramiento legal

Los interesados pueden comunicarse con el estudio Rapisarda – Amiotti al teléfono 2665 041472.


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