Un juez declaró ilegal el protocolo antiprotestas de Bullrich

La Justicia federal declaró la nulidad del protocolo antiprotestas que había dispuesto Patricia Bullrich durante su gestión al frente del Ministerio de Seguridad de la Nación. La decisión fue adoptada este lunes por el juez en lo contencioso administrativo Martín Cormick, quien consideró que la medida excedió las atribuciones del Poder Ejecutivo.

SportinBanner1500x200

El fallo invalidó la Resolución 943/23, utilizada por el Gobierno nacional para intervenir en manifestaciones y protestas sociales desde diciembre de 2023. La sentencia respondió a un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

Un exceso del Poder Ejecutivo

En su resolución, Cormick sostuvo que el protocolo implicó una intromisión del Poder Ejecutivo en facultades propias del Congreso.

“El Poder Ejecutivo Nacional, bajo la apariencia de impartir instrucciones al personal del Ministerio, termina legislando”, afirmó el magistrado, quien advirtió una violación al orden constitucional.

El juez remarcó que el protocolo de Bullrich avanzó sobre competencias que no le corresponden al Ejecutivo y alteró el marco legal vigente para el ejercicio del derecho a la protesta.

Críticas previas del Ministerio Público

Antes del fallo, el fiscal del fuero contencioso administrativo Fabián Canda había emitido un dictamen con duras objeciones al protocolo. Allí sostuvo que la resolución ministerial carecía de fundamentación y motivación, y que no se apoyaba en el régimen legal aplicable, requisitos básicos para validar una acción estatal.

Ese dictamen fue uno de los elementos considerados por el magistrado al momento de dictar sentencia.

Garantías constitucionales y protesta social

Entre los fundamentos centrales, el juez recordó que la Constitución Nacional protege el derecho a la protesta, incluso cuando esta genera afectaciones parciales al tránsito.

Cormick cuestionó la definición de “impedimento al tránsito” incluida en el protocolo, que consideraba delito flagrante cualquier reducción de la circulación vehicular.

Para el magistrado, toda manifestación implica algún grado de afectación, lo que no puede habilitar una respuesta represiva automática.

Datos biométricos y uso de la fuerza

El fallo también puso bajo la lupa el registro de datos biométricos de manifestantes, al advertir que esa práctica disuade la participación ciudadana y opera como mecanismo de disciplinamiento.

Además, el juez objetó la vaguedad del protocolo en relación con el uso no letal de la fuerza, al señalar que no fija criterios claros, condiciones de aplicación ni sistemas de control para evitar abusos.

Qué puede pasar ahora con el protocolo de Bullrich

El director del Área de Litigio y Defensa Legal del CELS, Diego Morales, explicó que el Gobierno nacional puede apelar la sentencia. En ese caso, el juez deberá definir qué efectos tendrá la apelación sobre la vigencia del fallo.


bannerSporting