Este martes finalizó el juicio oral por el homicidio de Marta Magallán, ocurrido el 29 de enero de 2024 en el barrio Santa Rita de Casia. El tribunal declaró a Walter Javier Velázquez, hijo de la víctima, autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo y lo condenó a la pena de prisión perpetua, con expresa declaración de reincidencia.
Antes de emitir el veredicto, los jueces escucharon los alegatos de cierre de las partes, instancia en la que tanto la Fiscalía como la Defensa expusieron sus conclusiones finales sobre las pruebas producidas durante el debate.
El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que el hecho ocurrió alrededor de las 3:30 de la madrugada, cuando el acusado se encontraba en un departamento junto a su madre. Según la acusación, Velázquez la agredió con golpes de puño y realizó maniobras de estrangulamiento que provocaron su muerte.
El fiscal afirmó que se acreditó la existencia de una muerte violenta, respaldada por el informe de la médica forense, que describió lesiones compatibles con estrangulamiento. En cuanto a la autoría, señaló que quedó probada a través de distintos testimonios y destacó que no se comprobó la participación de terceros, incluso tras los análisis genéticos realizados.
Asimismo, la Fiscalía indicó que, si bien se evidenciaron problemas de adicción en el acusado, no se detectaron alteraciones que afectaran su imputabilidad. También remarcó su comportamiento posterior al hecho como indicio de comprensión de sus actos. Por ello, solicitó la pena de prisión perpetua conforme al artículo 80, inciso 1, del Código Penal, sin atenuantes y con el agravante de antecedentes previos.
Por su parte, la defensa cuestionó la solidez de la prueba presentada durante el juicio y sostuvo que no se alcanzó el grado de certeza necesario para una condena. La defensora argumentó que la pericia genética fue incompleta, ya que no se analizaron ni compararon adecuadamente muestras del acusado y la víctima.
Además, señaló deficiencias en otros peritajes, como el análisis de elementos pilosos, y puso en duda la veracidad del testimonio de una testigo. También planteó que el edema pulmonar podría tener causas alternativas y subrayó la ausencia de lesiones defensivas en la víctima.
Finalmente, la defensa destacó declaraciones familiares que describían una buena relación entre madre e hijo y sostuvo que no se acreditó la autoría del hecho, por lo que solicitó la absolución.
El tribunal estuvo integrado por la juezaCintia Martín, como presidenta, junto aDaniela Estrada y Mauro D’Agata Henríquez como vocales. Actuó como secretarioHéctor Lazzari. La acusación estuvo representada por el fiscal Ernesto Lutens, acompañado por la secretaria Nadia Segura, mientras que la defensa fue ejercida por la defensora oficial Rocío Mediavilla.


