ARCA lanza IVA SIMPLE, nuevo sistema digital para declaración del IVA

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó desde junio de 2025 un nuevo procedimiento electrónico para la declaración del IVA, denominado “IVA SIMPLE”. La medida, oficializada mediante la Resolución General 5705/2025, busca modernizar y unificar el proceso para todos los responsables inscriptos a partir del período fiscal de noviembre de 2025.

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un procedimiento integral y digital para la determinación y presentación del Impuesto al Valor Agregado (IVA). El sistema, bautizado “IVA SIMPLE”, reemplaza los formularios tradicionales y centraliza la presentación en el formulario único F.2051 a través del “PORTAL IVA” disponible en la web institucional de ARCA.

Esta actualización, oficializada por la Resolución General 5705/2025, tiene vigencia obligatoria desde noviembre de 2025 para todos los contribuyentes inscriptos en IVA.

El “IVA SIMPLE” es un método electrónico, sencillo y asistido, que exige a los usuarios completar dos módulos principales:

  • Registración Electrónica de Operaciones: donde se muestran los comprobantes emitidos y recibidos registrados en la base de datos de ARCA.
  • Determinación del impuesto y saldo: permite visualizar retenciones, percepciones y otros datos relevantes para completar la declaración.

Los contribuyentes podrán validar, modificar o ajustar la información de forma manual o importando datos, facilitando así la presentación precisa del impuesto.

Clave Fiscal y formulario único

El formulario F.2051 se convierte en el único medio oficial para confeccionar y presentar la declaración jurada mensual del IVA. Para acceder al sistema, se requiere Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 o superior, reforzando la seguridad en el proceso.

Durante un período de transición, de junio a octubre de 2025, los contribuyentes podrán utilizar opcionalmente el “PORTAL IVA” para presentar sus declaraciones F.2051, en reemplazo de los formularios anteriores F.731, F.810 y F.2002 IVA por Actividad.

Durante estos meses, quienes adopten el nuevo sistema no estarán obligados a utilizar el “Libro de IVA Digital” para el registro electrónico. La plataforma para confeccionar el F.2051 estará disponible a partir del 30 de junio de 2025.

Según los considerandos de la resolución, esta medida responde a la estrategia del Poder Ejecutivo Nacional para modernizar y facilitar los trámites fiscales, optimizando la gestión tributaria.

En el desarrollo de la normativa participaron diversas áreas de ARCA, incluyendo la Dirección de Legislación, y las Subdirecciones de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Fiscalización, Institucional, Sistemas y Telecomunicaciones.

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