El Gobierno nacional reglamentó un nuevo criterio para los feriados trasladables. A partir de ahora, cuando coincidan con sábado o domingo podrán moverse al viernes anterior o al lunes siguiente, según lo disponga la autoridad competente.
La medida fue oficializada este miércoles a través del Decreto 614/2025, publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei y del ministro del Interior, Guillermo Francos.
Qué cambia con el Decreto 614/2025
Hasta ahora, la Ley 27.399 regulaba los feriados nacionales pero no establecía qué hacer cuando caían en fin de semana. El nuevo decreto viene a llenar ese vacío legal y se aplicará únicamente a los feriados catalogados como trasladables.
Los feriados inamovibles se mantendrán en su fecha original.
Los trasladables podrán moverse al viernes previo o al lunes posterior.
La decisión final quedará en manos de la Jefatura de Gabinete, que dictará las disposiciones operativas cada año.
Qué feriados podrían moverse en 2025
En lo que resta de este año, el único feriado trasladable que coincide con un fin de semana es el 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural. De aplicarse la nueva reglamentación, podrá celebrarse el viernes 10 o el lunes 13 de octubre.


