Autodespacho de combustible: nuevas reglas para estaciones

La Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía, habilitó formalmente la implementación del sistema de autodespacho de combustibles líquidos en estaciones de servicio del país. La normativa fue establecida mediante la Resolución 147/2025, publicada recientemente.

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Este nuevo procedimiento establece las condiciones de seguridad que deben cumplirse para operar bajo este formato, y elimina una serie de trámites que antes enlentecían su adopción.

Según lo informado por la Secretaría, se simplifican los pasos para incorporar esta modalidad. Anteriormente, las estaciones requerían autorización previa de la autoridad energética, pero ahora se otorga mayor autonomía a los operadores.

Una vez concluidas las obras de adecuación, bastará con que una entidad auditora presente la documentación correspondiente para que la estación pueda comenzar a funcionar con autodespacho, sin más demoras.

La implementación del autodespacho será completamente opcional. Los expendedores podrán decidir si lo incorporan de manera total, parcial o alternada, según las características de su negocio.

Esta iniciativa se enmarca en un proceso de desregulación del sector, iniciado con el Decreto 46/25 en enero. Desde la Secretaría de Energía destacan que el sistema de autodespacho:

Permitirá mantener el servicio operativo las 24 horas, incluso en horarios nocturnos.

Ofrecerá mayor libertad operativa a los estacioneros.

Contribuirá a proteger la integridad física de los trabajadores, especialmente en zonas con problemas de seguridad.

Pese a las ventajas planteadas, la medida generó rechazo entre los trabajadores del sector, en particular los playeros. El principal temor es que el nuevo sistema pueda derivar en una reducción significativa de puestos laborales, especialmente en estaciones que opten por eliminar la atención presencial.

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