La Ley Alcohol Cero avanza en la reglamentación para rutas y caminos provinciales. La diputada Fernanda Spinuzza, dijo que “el Decreto 11.077 de 2023, emitido por el Ejecutivo, detalla ajustes en las multas y sanciones para los infractores”.
La Ley fue sancionada en el Congreso de la Nación para rutas de todo el país pero también se presentó el proyecto en la provincia. Por esto, se necesita de una reglamentación que dé cuenta de tolerancia cero al volante y modificación de multas.
“En el decreto reglamentario se modifican y se vuelven un poquito más severas las sanciones. Es importante también porque para todos los controles que vienen ahora van a tener fijadas las nuevas unidades”, comentó la diputada.
En primer lugar, para quienes registren hasta 200 miligramos de alcohol en sangre, se les cobrará de 300 a 400 Unidades Fijas (UF). Una UF equivale al menor precio de venta al público en el mercado de un litro de nafta especial.
Si el alcohol en sangre va de los 201 miligramos, pero no supera los 500 miligramos, la multa asciende de 400 a 500 UF. En este caso también existe el beneficio de una rebaja del 50% en el pago de la sanción monetaria.
Por otro lado, también se le retiene la licencia de conducir, pero la inhabilitación se extiende a dos meses. Estas condiciones se mantienen de 501 miligramos a mil miligramos con una multa que va de 500 a 1.000 UF y una inhabilitación de cuatro meses.
En los dos últimos casos la infracción se endurece con la retención del vehículo. De 1.001 a 1.500 miligramos la multa va de 600 a 1.500 UF y la inhabilitación se extiende a cinco meses; y de 1.500 miligramos en adelante la multa es de 1.500 a 3.000 UF, con una inhabilitación de doce meses.