El decreto, que está próximo a ser publicado, establece que tanto buques con bandera argentina como extranjera podrán operar en el cabotaje nacional por un período de hasta 180 días, con posibilidad de renovación. Esta modificación implica la pérdida de exclusividad para la Marina Mercante nacional y abre la contratación de tripulaciones extranjeras.
Impacto en los gremios y contrataciones
La medida podría generar tensiones con los sindicatos del sector, ya que elimina la obligatoriedad de contratar tripulantes argentinos. Según el decreto, las empresas podrán emplear personal de cualquier nacionalidad, siempre que cumplan con las habilitaciones necesarias. Los gremios podrán sugerir trabajadores, pero los empleadores tendrán libertad total para decidir a quiénes contratar.
Otra de las disposiciones clave permite que los propietarios registrados en el Registro Nacional de Armadores soliciten el cese de bandera provisorio de sus buques sin que esto sea considerado una exportación. Asimismo, se otorga tratamiento de bandera nacional a los buques extranjeros arrendados sin tripulación y con una antigüedad menor a 20 años.
El decreto declara como servicio esencial la navegación comercial, de pasajeros y de carga, lo que significa que, en caso de huelga o conflicto laboral, deberá garantizarse un mínimo de operatividad. Además, la normativa prioriza la ley del país de abanderamiento sobre los contratos laborales de los tripulantes.