La Justicia suspendió las multas al Gobierno por no cumplir el Financiamiento Universitario

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió de manera provisoria la aplicación de una multa diaria de $100.000 al Gobierno nacional, en el marco del conflicto judicial por el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario. La sanción había sido dispuesta ante el presunto incumplimiento de una medida cautelar que exige actualizar los salarios docentes y no docentes y garantizar los fondos destinados a becas estudiantiles.

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La resolución se conoció en la previa de la 5.ª Marcha Federal Universitaria, en medio de los reclamos de las universidades nacionales por la aplicación de la normativa. La multa alcanzaba al Estado nacional y, en primer término, al jefe de Gabinete, Diego Santilli.

El conflicto judicial está relacionado con el cumplimiento de los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, que contempla la actualización salarial de los trabajadores de las universidades nacionales y disposiciones vinculadas con las becas estudiantiles.

El 22 de septiembre, el juez de primera instancia Martín Cormick había intimado al Ministerio de Capital Humano a cumplir efectivamente con la medida cautelar, al considerar que todavía no se había concretado su cumplimiento total.

Sin embargo, el Gobierno cuestionó esa decisión y sostuvo que la resolución judicial no precisaba con claridad cuál era el incumplimiento ni qué medidas concretas debía adoptar para evitar la aplicación de sanciones económicas.

En su presentación, la cartera de Capital Humano argumentó que había dispuesto una actualización salarial del 21,33% sobre los haberes vigentes a mayo de 2026. Según los cálculos oficiales, el incremento permitió alcanzar una suba acumulada del 226,80% entre diciembre de 2023 y agosto de 2025, frente al 226,40% que, según el Gobierno, registró el índice de precios al consumidor durante ese período.

Además, el Estado cuestionó la interpretación judicial sobre la evolución de los salarios y sostuvo que los aumentos posteriores debían discutirse en el marco de las negociaciones paritarias. También señaló que la intimación no identificaba con suficiente precisión qué obligaciones legales continuaban pendientes de cumplimiento.

En ese sentido, el Gobierno advirtió que la imposición de multas sin una determinación concreta de las obligaciones incumplidas afectaba su derecho de defensa. En su presentación, cuestionó que debiera afrontar una sanción económica por un supuesto incumplimiento parcial sin conocer con certeza el monto exigible.


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