El obispo de San Luis, Gabriel Barba, reclamó defender la soberanía nacional y proteger el territorio argentino ante la posibilidad de que se flexibilicen los límites para la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. El planteo quedó expresado en un comunicado difundido el sábado 10 de octubre, junto con el área de Ecología Integral de la Pastoral Social de la diócesis.
La declaración se conoció luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendiera provisoriamente los efectos del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras Rurales.
El reclamo de la Iglesia
En el comunicado, Barba y el área de Ecología Integral manifestaron su preocupación ante la posibilidad de una venta de tierras a extranjeros sin los límites que establecía la legislación anterior.
La diócesis también expresó su adhesión al documento que la Comisión Episcopal de Pastoral Social, Cáritas Argentina y el Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (Endepa) difundieron el 4 de octubre, en el día de San Francisco de Asís. Las organizaciones eclesiales habían reclamado a las autoridades que resguardaran el territorio y la soberanía nacional.
En ese sentido, el obispo pidió responsabilidad a los legisladores, las autoridades del Poder Ejecutivo y los funcionarios judiciales para que velen por la defensa de la tierra y el bienestar de la población.
“Cuidar la tierra es cuidar la vida”, sostiene el texto, que vincula la protección del territorio con la preservación de la casa común y la defensa de la soberanía argentina.
Qué pasó con la Ley de Tierras
La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de personas y empresas extranjeras. Entre ellas, fijaba un límite del 15% de titularidad extranjera para las tierras rurales en el país, con restricciones adicionales por jurisdicción y por titular.
El artículo 154 del DNU 70/2023, firmado por el presidente Javier Milei, derogó esa norma.
El 29 de septiembre de 2026, la Corte Suprema revocó una sentencia que había declarado inconstitucional esa derogación. Sin embargo, el tribunal no resolvió entonces la validez constitucional de la medida, sino que rechazó la demanda del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) por considerar que no estaba legitimado para promoverla.
Días después, el 9 de octubre, el máximo tribunal suspendió provisoriamente el artículo 154 en el marco de otra causa, vinculada con reclamos ambientales. La medida rige hasta que el juzgado competente analice la legitimación de los demandantes y el pedido cautelar. Por el momento, la suspensión no constituye una decisión definitiva sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras.


