La Fiscalía de Instrucción N° 1 imputó a la periodista y exfuncionaria Gloria Velázquez por el presunto delito de defraudación a la administración pública. Para el fiscal Francisco Assat y el fiscal adjunto Juan Pablo Estopiñán, la acusada cobró durante casi tres años una remuneración como funcionaria provincial y nacional en simultáneo.
Los fiscales sostuvieron que Velázquez omitió informar que asumió como directora de LRA 29 Radio Nacional San Luis mientras mantenía un cargo remunerado en la administración pública provincial, pese a haber declarado bajo juramento que no poseía otro empleo estatal. Desde el Ministerio Público Fiscal resaltaron que la extensa trayectoria de la imputada en la función pública permite inferir que tenía conocimiento del régimen de incompatibilidades.
La audiencia
La audiencia de formulación de cargos se realizó este jueves ante la jueza de Garantía N° 4, Luciana Banó, quien hizo lugar a las medidas cautelares personales por 120 días solicitadas por la Fiscalía.
Fiscalía de Estado, representada por Santiago Calderón Salomón, adhirió al pedido realizado por los fiscales del Poder Judicial.
Los hechos imputados
El fiscal Assat describió que la imputada «desempeñó funciones en la administración pública provincial desde mayo del 2003 hasta diciembre del 2023«. El 9 de diciembre de 2019 firmó un contrato con el Poder Ejecutivo provincial «declarando bajo juramento no poseer otro cargo remunerado en la administración pública nacional, provincial o municipal». Ese contrato fue homologado por decreto en marzo de 2020.
Sin embargo, pocos días después, el 17 de marzo de 2020, asumió como directora de LRA 29 Radio Nacional San Luis. Para la Fiscalía, Velázquez omitió comunicar al gobierno provincial su designación y esa maniobra le permitió percibir durante casi 3 años una doble remuneración, tanto en el ámbito provincial como nacional. Agregó que con ello habría «violado sistemáticamente lo normado en el artículo 23 de la Constitución de la provincia de San Luis», que prohíbe acumular cargos públicos remunerados.
Assat sostuvo que «fruto de este engaño le fue posible percibir esta doble remuneración computándose en los últimos salarios hasta una suma de 800.000 pesos en detrimento del erario público». También indicó que habría facturado a la empresa estatal San Luis Televisión por un programa propio.
Pruebas y peritajes
Estopiñán detalló que cuentan con la denuncia inicial, el contrato con la declaración jurada, el decreto de homologación, actas de Radio Nacional, informes de AFIP con facturación emitida y liquidaciones salariales. Además, anticipó que solicitarán informes adicionales y una pericia contable «a los fines de determinar la cuantía del daño a la administración pública».
La postura de la defensa de Velázquez
La defensa de Gloria Velázquez, representada por Alfredo García Garro, rechazó la imputación y sostuvo que no existió conducta dolosa. «Acá está en cuestión si la señora Velázquez ha actuado con dolo y vamos a demostrar que no hay una cuestión dolosa, que ella ha tenido un desconocimiento pleno», afirmó.
El planteo también señaló que su defendida «no era funcionaria pública provincial», sino que «detentaba un cargo de asesora», y que su condición de funcionaria se limitaba al ámbito nacional, como directora de Radio Nacional. La estrategia defensiva se centrará en demostrar que «no hubo dolo en ningún momento ni ardid ni engaño para lograr un beneficio de la administración pública provincial».
En relación a las medidas de coerción, la defensa adelantó que no se opondrá. Además, informó que la imputada atraviesa «un momento muy delicado de salud», por lo que consideró imposible que pueda ausentarse de la provincia, salvo por razones estrictamente médicas que serían debidamente comunicadas.
Decisión judicial
La jueza Banó tuvo por formalizada la investigación contra Gloria Velázquez por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública. Al resolver sobre las medidas, consideró acreditados los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora, y señaló que no corresponde contracautela por tratarse el Estado provincial del presunto damnificado.
En consecuencia, dispuso:
- Velázquez deberá firmar el libro de imputados del 1 al 10 de cada mes en la sede del Ministerio Público Fiscal (Ayacucho 945, tercer piso, San Luis) por el plazo de 120 días.
- Prohibición de salir del país durante el mismo período.
- Inhibición general de bienes por 120 días, hasta tanto se determine la cuantía del presunto daño y se individualicen bienes a su nombre.
El tribunal ordenó librar oficios a los registros de la propiedad y automotor, así como a Migraciones para efectivizar la restricción de salida del país.


