La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Ambiental, Niñez, Adolescencia, Violencia y Laboral de Villa Mercedes confirmó una sentencia que responsabilizó a FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados por incumplimientos en un plan de ahorro para la compra de un automóvil. La empresa deberá indemnizar al consumidor.
El caso comenzó cuando un adherente suscribió un plan de ahorro para adquirir un vehículo. Durante la ejecución del contrato, la administradora modificó el modelo original por otro de características y valor superiores, lo que impactó directamente en el monto de las cuotas.
Plan de Ahorro: un cambio sin aviso ni opción de salida
Según la causa, el cambio no fue comunicado en forma fehaciente al consumidor ni se le brindó la posibilidad de optar por aceptar la modificación o rescindir el contrato, como exigían las condiciones contractuales y la normativa vigente.
El tribunal consideró que la modificación no era menor: implicó un aumento significativo en el valor de las cuotas y alteró sustancialmente el objeto del contrato. El consumidor debía haber sido informado de manera clara y oportuna para poder ejercer sus derechos.
Falta de información = incertidumbre
La Cámara destacó que la falta de información generó una situación de incertidumbre y afectó la previsibilidad del vínculo contractual, en perjuicio del adherente.
La condena
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia (del Juzgado Civil Comercial y Minas N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, a cargo de la jueza Cynthia Alcaraz Díaz) y dispuso que la empresa deberá:
- Restituir las sumas abonadas por el consumidor.
- Indemnizar el daño moral ocasionado.
- Abonar una multa civil en concepto de daño punitivo (artículo 52 bis de la Ley de Defensa del Consumidor).
El monto total de condena se integra con la devolución de los aportes, la reparación del daño moral y la sanción.
Cómo se calculan los intereses
Uno de los puntos centrales del fallo fue la actualización de los montos para evitar que la inflación licue la indemnización. El tribunal estableció dos etapas:
| Etapa | Criterio |
|---|---|
| Hasta la sentencia de primera instancia | Tasa de interés «pura» del 8% anual |
| Desde entonces hasta el pago | Actualización por IPC (Índice de Precios al Consumidor) |
Este esquema busca garantizar una reparación plena y evitar que el paso del tiempo y la inflación reduzcan el valor real de lo que la empresa debe pagar.
Planes de Ahorro: un precedente para los consumidores
Las camaristas destacaron que las relaciones de consumo están especialmente protegidas por la Constitución Nacional y la legislación vigente. Las empresas tienen un estándar reforzado de conducta.
El fallo reafirma que las administradoras de planes de ahorro no pueden introducir modificaciones relevantes en el contrato sin garantizar información adecuada y la posibilidad real de elección por parte del consumidor.
Las costas fueron impuestas a la empresa demandada en ambas instancias.


