La Defensoría del Pueblo de San Luis cuestionó las condiciones de cobro de EDESAL y el pedido de actualización tarifaria que presentó la empresa. Los planteos se realizaron durante dos audiencias públicas convocadas por la Comisión Reguladora Provincial de la Energía Eléctrica (CRPEE), una para analizar alternativas de regularización de deudas y otra para evaluar el incremento de costos que reclama la distribuidora.
En la primera audiencia, convocada a través de la Resolución N.º 380-CRPEE-2026, se debatió la posibilidad de habilitar pagos parciales y planes de refinanciación automática. Se haría mediante la oficina virtual de EDESAL.
El defensor del Pueblo, Guillermo Belgrano Rawson, advirtió que esas herramientas no resolverán el endeudamiento de los usuarios si antes no se revisa la doble penalidad que aplica la empresa por mora. Explicó que el Reglamento de Suministro, con más de 30 años de antigüedad, contempla el cobro simultáneo de intereses moratorios y una penalidad punitoria establecida en su artículo 42.
La Defensoría también objetó el mecanismo de pagos parciales propuesto por la Comisión Reguladora. Consideró que funciona como el pago mínimo de una tarjeta de crédito: permite que la empresa reciba una parte de la deuda, pero no impide que avance con el corte del suministro por el saldo pendiente. A eso se suman los gastos que puede afrontar el usuario para recuperar el servicio.
La crítica a las penalidades
Sobre los planes de refinanciación virtual, el organismo señaló que el expediente no detalla las tasas de interés, el costo financiero total ni la cantidad de cuotas. También cuestionó que no se garantice la gratuidad del trámite ni exista una plataforma oficial de la CRPEE para consultar y controlar los valores que aplica la distribuidora.
Frente a esas observaciones, Belgrano Rawson presentó una serie de propuestas: derogar la penalidad punitoria por mora, establecer tasas preferenciales para hogares vulnerables y suspender de forma automática las órdenes de corte cuando un usuario realice un pago a cuenta o adhiera a un plan de regularización.
Además, pidió prohibir los cargos de reconexión para usuarios residenciales que hayan sufrido cortes por motivos socioeconómicos, limitar las tasas y cuotas de financiación para que no absorban más del 30% del ingreso familiar y eliminar los gastos administrativos por realizar trámites de refinanciación en línea.
La Defensoría también reclamó que la Comisión Reguladora habilite su propia página web para publicar tasas de referencia y recibir denuncias, y que convoque a una nueva audiencia pública para definir las condiciones de los mecanismos de pago.
El pedido de aumento de EDESAL y las tarifas para emprendedores
La segunda audiencia, convocada por la Resolución N.º 372-CRPEE-2026, tuvo como eje el pedido de EDESAL para aplicar el Mecanismo de Monitoreo de Costos, establecido por la Resolución N.º 90-CRPEE-2024.
La distribuidora informó que sus costos aumentaron un 33,44% y solicitó que se evalúe una actualización del Valor Agregado de Distribución (VAD), uno de los componentes de la tarifa eléctrica.
Durante esa instancia, la coordinadora general de la Defensoría, Julia Moyano Mendoza, cuestionó las dificultades para acceder a la información pública de la Comisión Reguladora. Señaló que el organismo todavía no cuenta con una página web oficial, pese a que la Ley VIII-0276-2004 establece esa obligación, y que utiliza direcciones de correo no institucionales para sus comunicaciones formales.
También objetó que los interesados deban concurrir en persona a la sede central de la CRPEE con un dispositivo de almacenamiento —un pen drive— para obtener una copia de los expedientes. La Defensoría consideró que ese procedimiento dificulta la participación de usuarios y comerciantes de localidades alejadas de la capital.
Moyano Mendoza también cuestionó las respuestas de EDESAL a los pedidos de información del organismo. De acuerdo con su exposición, la empresa evitó informar la cantidad exacta de hogares endeudados, los cortes de suministro que ejecutó y lo recaudado por multas. En su lugar, aportó porcentajes relativos.
Por su parte, el asesor Daniel Castillo analizó el impacto de las tarifas sobre los usuarios y recordó que, a partir del fallo CEPIS de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, las tarifas deben respetar criterios de razonabilidad, gradualidad y capacidad de pago.
La contradicción con los planes para los emprendedores
Uno de los puntos centrales de su exposición fue la situación de las familias que desarrollan emprendimientos o actividades comerciales en sus viviendas. Castillo advirtió que EDESAL recategoriza de oficio a algunos de esos hogares bajo la Tarifa General (G comercial), lo que implica la pérdida de los subsidios residenciales y un aumento en las facturas.
El planteo apunta a una contradicción con los programas provinciales de asistencia al emprendedurismo, como Mi Próximo Paso. La Defensoría sostuvo que los ingresos que reciben las familias a través de esas iniciativas pueden terminar absorbidos por el costo de la electricidad.
Por ese motivo, Castillo reclamó modificar el Reglamento de Suministro para crear una categoría tarifaria especial que proteja a los emprendimientos y oficios que funcionan dentro de viviendas familiares.
Al cierre de ambas audiencias, la Defensoría insistió en que las condiciones de acceso y permanencia en el servicio eléctrico deben contemplar la capacidad de pago de los usuarios, en particular de los hogares vulnerables, ante los cambios en el esquema nacional de subsidios.


