El Gobierno nacional modificó por decreto la ley 25.871 que regula la política migratoria en Argentina. La medida fue publicada este jueves en el Boletín Oficial y establece cambios clave en materia de deportaciones, acceso a la salud y educación, y obtención de la ciudadanía para extranjeros.
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, el Gobierno nacional introdujo una serie de reformas en la Ley de Migraciones con el objetivo de reorganizar el ingreso, permanencia y acceso a servicios por parte de los extranjeros en el país. La norma busca, según lo expresado oficialmente, ordenar el sistema migratorio con criterios más estrictos.
Uno de los puntos centrales del DNU es el endurecimiento de los requisitos para obtener la residencia permanente y la posibilidad de acceder a la nacionalidad argentina. A partir de ahora, los solicitantes deberán acreditar medios económicos y no poseer antecedentes penales. Además, la Dirección Nacional de Migraciones podrá otorgar o revocar la residencia precaria por un máximo de 90 días, prorrogables.
Se define como «residente permanente» a quien demuestre intención de establecerse definitivamente en el país. En cuanto a la reunificación familiar, el decreto permite el ingreso y permanencia de familiares directos de ciudadanos argentinos o residentes, aunque con restricciones temporales.
En materia sanitaria, el decreto diferencia entre extranjeros con residencia permanente y quienes no la poseen. Para estos últimos, el acceso al sistema público de salud estará limitado: solo se brindará atención ante emergencias o mediante la presentación de un seguro médico o el pago previo del servicio. Los residentes permanentes, en cambio, mantendrán el mismo nivel de cobertura que los ciudadanos argentinos.
Educación: gratuidad solo para argentinos y residentes permanentes
Respecto al acceso a la educación superior, el DNU establece que las universidades públicas solo estarán obligadas a ofrecer educación gratuita a ciudadanos argentinos y extranjeros con residencia permanente. Las casas de estudio quedan habilitadas a cobrar aranceles a estudiantes sin esa condición migratoria, aunque podrán otorgar becas a través de convenios o estatutos internos.
Para los niveles inicial, primario y secundario, se mantiene el principio de acceso universal: ningún estudiante podrá ser excluido por su situación migratoria, y las instituciones deberán brindar orientación para regularizar la situación de los alumnos.
El decreto reafirma que los inmigrantes, independientemente de su estatus migratorio, tienen derecho a la protección de sus derechos humanos fundamentales, como el acceso a la justicia, al trabajo y a los servicios sociales. No obstante, aclara que estos derechos se aplicarán “de acuerdo con los derechos y obligaciones correspondientes a cada categoría migratoria”.