Merlo: condenaron a un hombre que abusó de su vecina adolescente

Un hombre de 46 años fue condenado este jueves por “abuso sexual simple” contra una adolescente de 15 años que vivía cerca de su casa. El hecho ocurrió en Rincón del Este, Villa de Merlo, en abril del 2020.

En un juicio abreviado, el juez de la Cámara de Apelaciones de la tercera circunscripción, Daniel Gustavo Sanchiño, lo declaró autor material del delito de abuso sexual simple.

De acuerdo al expediente, el 23 de abril del 2020, el acusado, al advertir que la madre de la menor había salido, invitó a la joven a su casa, por la relación de confianza que tenía con ella. Cuando la chica ingresó, tomó por la cintura, la tocó y la besó en la boca. La víctima huyó del lugar, volvió a su domicilio, y le contó a su mamá lo que había ocurrido.

La mujer realizó la denuncia y, como primera medida para proteger la integridad psicofísica de la menor, la justicia dictó una prohibición de acercamiento en contra del denunciado hasta tanto se llevaran a cabo las labores investigativas para determinar su responsabilidad penal.

El hombre fue acusado por el delito de abuso sexual simple, y la causa fue elevada a juicio.

En la audiencia desarrollada este 30 de noviembre, el fiscal Mario Néstor Zudaire informó que la defensa del imputado, ejercida por el Defensor Oficial en lo Penal, José Francisco Pérez, presentó un acuerdo para finalizar el proceso de forma abreviada.

El acusado reconoció la existencia del hecho que motivó la causa, la calificación legal y su autoría; y aceptó la imposición de una pena de prisión en suspenso y realizar tratamiento psicológico. Zudaire hizo lugar a la propuesta de la defensa.

En representación de la menor y su madre, intervino la abogada querellante Ivana Ramírez, quien se opuso a la abreviación del juicio. En contrapartida, solicitó al juez que, en caso de homologar el acuerdo, la pena impuesta fuera de cumplimiento efectivo.

La denunciante también estuvo presente en la audiencia, brindó detalles del hecho y de la situación actual de su hija. Dijo que después de lo sucedido, el acusado intimidó varias veces a la adolescente en la vía pública, y que la chica pidió mudarse de casa para no tener más contacto con él.

En cuanto al planteo de la querella, aclaró que el trámite de juicio abreviado es un derecho que tiene el acusado, puesto que una de las condiciones para su procedencia, es el reconocimiento de su autoría en el delito que se le imputa. Al respecto, el fiscal señaló: “De acuerdo a lo que surge de las constancias de autos, el imputado reconoce los hechos históricos dentro de los cuales se produce este abuso sexual. Él reconoce ser el autor del hecho que se le incrimina. Acepta, además, que se le imponga una pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso. No tiene antecedentes, y está facilitando la tarea del tribunal para condenarlo, porque él va a tener una condena, aunque sea de ejecución condicional”, sostuvo.

Luego de analizar los fundamentos de las partes para culminar el proceso de manera abreviada, el magistrado Daniel Sanchiño resolvió homologar el acuerdo presentado. Además, ordenó una prohibición de acercamiento a una distancia no menor de 100 metros del domicilio de la víctima, por el término de 180 días.