Condenan a prisión perpetua a los acusados por el crimen de “Nino” Videla

El Tribunal del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción condenó este martes a Camila Soledad González y Carlos Franco Miranda a prisión perpetua por considerarlos coautores del delito de homicidio criminis causa de Paulo Daniel Videla, ocurrido el 28 de mayo de 2024.

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El fallo fue dictado de manera unánime por el tribunal integrado por María Eugenia Zabala Chacur (presidenta), Hugo Guillermo Saa Petrino y Gustavo Ariel Parrillis (vocales), tras una jornada en la que se escucharon los últimos testimonios, se cerró la etapa probatoria y las partes presentaron sus alegatos finales.

La acusación: vínculo previo, robo y evidencia clave

Durante su alegato, la fiscal de juicio Virginia Palacios sostuvo que la hipótesis acusatoria quedó plenamente demostrada. Entre los elementos probatorios, destacó:

  • El vínculo previo entre González y la víctima, que habría facilitado el acceso al domicilio.
  • El robo del teléfono celular, cuya venta permitió reconstruir el recorrido del aparato y vincular a los acusados con el hecho.
  • El testimonio de un taxista, que afirmó haber trasladado a González y Miranda desde la casa de Videla hasta una vivienda del barrio Pucará, donde vendieron objetos robados.

A partir de esta evidencia, Palacios sostuvo que se configuró la figura de homicidio criminis causa, que contempla una única sanción: prisión perpetua.

La querella: pedido de justicia y adhesión al Ministerio Público

La abogada Stefania Poma de Otaegui, representante de la familia Videla, adhirió al pedido de la fiscalía. En su intervención expresó: “Creo firmemente en la justicia y transmito el pedido de justicia de toda la familia de la víctima”.

La defensa: cuestionamientos a la prueba y pedido de absolución

Los defensores José Luis Guiñazú (por González) y Federico Putelli (por Miranda) solicitaron la absolución de sus asistidos. Argumentaron que no se alcanzó el grado de certeza requerido para una condena, y pusieron en duda tanto la autoría como la calificación legal.

Guiñazú cuestionó la falta de pruebas científicas: “Estamos en el año 2025 y no se cotejó una sola muestra de ADN ni otro rastro genético”.

Putelli, por su parte, señaló que no hay testigos que ubiquen a Miranda en el lugar del crimen, y que el taxista no pudo identificarlo en la rueda de reconocimiento.

Pedido de inconstitucionalidad de la pena perpetua

Guiñazú también solicitó que se declare la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua, citando jurisprudencia nacional e internacional que reconoce el “derecho a la esperanza”.

“Toda persona condenada debe tener una expectativa real de recuperar su libertad en algún momento, siempre que haya demostrado un proceso genuino de rehabilitación”.

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