Abogados llevaron a la Justicia el rechazo a la reducción de la feria judicial

El Colegio de Abogados y Procuradores de San Luis presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la reducción de la feria judicial impulsada por el Gobierno de Claudio Poggi y aprobada por la Legislatura en noviembre de 2025.

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La acción fue presentada el 1 de julio y busca dejar sin efecto el nuevo régimen de receso anual.

La entidad informó este lunes la presentación a través de sus redes sociales y sostuvo que la modificación afecta las condiciones para el ejercicio de la abogacía, el descanso anual de los profesionales y la organización de los estudios jurídicos.

“La acción cuestiona la modificación del régimen de receso judicial anual y busca proteger el ejercicio digno de la abogacía, el descanso anual y la adecuada organización de los despachos profesionales”, señaló el Colegio.

Cómo será la nueva feria judicial

La ley aprobada en noviembre del año pasado establece un esquema de dos semanas de receso durante enero y una semana a mitad del año judicial. El Superior Tribunal de Justicia debe determinar las fechas. El nuevo régimen comenzará a regir el 31 de diciembre de 2026.

Hasta ahora, el Colegio de Abogados había manifestado públicamente su rechazo a la modificación y anticipado que recurriría a la Justicia si la iniciativa se convertía en ley.

Su presidente, Gabriel Alessandro, había sostenido antes de la sanción que la reforma era inconstitucional y que los abogados de la provincia rechazaban el cambio. “Entendemos que esta ley es claramente inconstitucional”, había planteado el titular de la institución.

El reclamo de los abogados

La presentación judicial busca cuestionar la modificación del régimen de receso y defender las condiciones en las que los profesionales desarrollan su actividad.

Desde el Colegio reafirmaron además su intención de defender los derechos de los matriculados y reclamaron una administración de justicia que mantenga niveles adecuados de funcionamiento.

La demanda presentada el 1 de julio constituye así el paso judicial que la institución había anticipado antes de la aprobación de la norma.


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