Desde este martes, todo el Poder Judicial de San Luis quedó bajo un nuevo régimen de control de asistencia y licencias. La medida alcanza a empleados, magistrados y funcionarios de las tres Circunscripciones Judiciales y establece registros digitales de ingreso y egreso, controles sobre las salidas durante la jornada y un nuevo sistema para gestionar las licencias.
El cambio fue establecido por el Acuerdo N° 170-STJSL-SA-2026, aprobado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) el 27 de agosto y vigente desde el 1 de septiembre. La normativa reemplaza parte de los mecanismos administrativos que se utilizaban hasta ahora y concentra la información sobre asistencia, ausencias y licencias en un sistema informático.
Uno de los principales cambios alcanza a magistrados y funcionarios, que deberán registrar su presencialidad mediante una aplicación. Los empleados, en tanto, continuarán utilizando los relojes biométricos instalados en las distintas dependencias judiciales.
Jueces y funcionarios también deberán registrar su asistencia
Los empleados judiciales deberán fichar su ingreso y egreso mediante los relojes biométricos. Para los magistrados y funcionarios, el mecanismo será diferente: deberán utilizar una aplicación para registrar sus movimientos.
El ingreso deberá registrarse dentro de la media hora correspondiente al inicio de la jornada y también deberá quedar asentada la salida.
El nuevo sistema generará un parte diario automático de asistencia y cruzará la información con las licencias, permisos y ausencias registradas. Si aparece alguna inconsistencia, se generará una anomalía que deberá ser regularizada.
De esta manera, el STJ busca centralizar en un mismo sistema la información sobre la presencialidad de toda la estructura judicial.
También habrá que registrar las salidas durante la jornada
Las nuevas reglas alcanzan también a quienes necesiten retirarse de su lugar de trabajo durante el horario laboral.
La salida deberá ser comunicada previamente mediante el sistema, contar con la autorización correspondiente e incluir el motivo y los horarios estimados de salida y regreso.
El horario que finalmente quedará registrado será el efectivo: la persona deberá registrar su salida y volver a fichar al regresar.
Así, las salidas durante la jornada también quedarán incorporadas al registro centralizado de asistencia.
Las vacaciones tendrán fecha de vencimiento
El nuevo régimen introduce además cambios en la administración de las licencias ordinarias.
Uno de los puntos más relevantes es que las vacaciones pendientes de un año deberán utilizarse hasta el 31 de marzo del año siguiente. Una vez vencido ese plazo, los días que no hayan sido utilizados caducarán de pleno derecho.
La normativa también establece reglas para el fraccionamiento de las vacaciones. Cuando queden menos de ocho días pendientes, deberán tomarse de manera corrida. Si son ocho o más, podrán dividirse en períodos, pero ninguno podrá ser inferior a siete días.
El nuevo límite busca evitar que se acumulen indefinidamente días de vacaciones correspondientes a años anteriores.
La reducción de la feria obliga a reorganizar las vacaciones
El cambio en el régimen de licencias se produce además en un momento en que el Poder Judicial deberá reorganizar sus períodos de descanso por la reducción de la feria judicial.
A partir del nuevo esquema, el receso quedará limitado a las dos primeras semanas de enero y una semana a mitad de año.
Eso significa que una parte de las vacaciones que hasta ahora podía concentrarse durante la feria deberá distribuirse durante el resto del año.
El nuevo acuerdo contempla mecanismos de planificación para evitar que la superposición de licencias deje a una dependencia por debajo de la cantidad mínima de personal necesaria para funcionar.
Para los magistrados y funcionarios, la planificación deberá coordinarse dentro de los organismos del mismo fuero y grado. El resto del personal deberá organizar sus períodos de vacaciones a través de los responsables de cada oficina.
La regla no se aplica de la misma manera a licencias que no pueden ser previstas, como las vinculadas con problemas de salud o fallecimientos.
Las licencias pasan a ser completamente digitales
El Acuerdo 170 también modifica la forma de solicitar y tramitar las licencias.
La solicitud, comunicación, validación, justificación y registración se realizará mediante el sistema informático de personal. El objetivo es reemplazar progresivamente los correos electrónicos, formularios y planillas que se utilizaban para estos trámites.
Cada solicitud tendrá un registro de su recorrido, desde el momento en que es presentada hasta la decisión final. El sistema permitirá conocer cuándo se inició el trámite, quién intervino y qué resolución recibió.
Qué cambia cuando un empleado se enferma
También se modifica el procedimiento para las licencias por razones de salud.
El aviso deberá realizarse mediante la aplicación hasta las 8:30 del primer día de ausencia. La documentación médica y el informe correspondiente deberán incorporarse al sistema.
De esta forma, el trabajador podrá iniciar el trámite desde su domicilio y la información quedará disponible para las áreas encargadas del control de las licencias.
El nuevo esquema también contempla controles médicos y requisitos específicos para justificar las ausencias.
Menos trámites deberán pasar por el Superior Tribunal
El nuevo régimen busca además descentralizar decisiones administrativas.
Algunas licencias que antes requerían una intervención directa del Superior Tribunal podrán resolverse mediante el circuito establecido por el sistema y las autoridades correspondientes.
La intervención del máximo tribunal quedará reservada para determinadas situaciones que requieren una decisión de ese nivel, mientras que los trámites habituales podrán resolverse dentro de la estructura administrativa.


