La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revoca el capítulo laboral del DNU de Javier Milei

La Cámara Nacional del Trabajo dictó este miércoles una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) dictado por el Gobierno de Javier Milei, según informaron fuentes judiciales.

«Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados», decidieron los jueces en el marco del expediente inaugurado a partir de una presentación de la CGT.

Días atrás, la Justicia del Trabajo había aceptado levantar la feria judicial para tratar la denuncia de la Central General de los Trabajadores (CGT) contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei que apunta a desregular la economía y cambiar las condiciones laborales en el país.

En su petición inicial, la central obrera solicitó en el primer punto que «se decrete la medida cautelar solicitada de suspensión de la aplicación del «Título IV Trabajo» del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023″.

La medida cautelar, en este marco, suspenderá todas las modificaciones en materia laboral dispuesta por el Poder Ejecutivo a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado el 21 de diciembre y aplicado efectivamente el pasado viernes.

Ya hay más de 10 amparos contra el DNU de Javier Milei y se abre la feria judicial

El fallo sobre el amparo de la CGT se centra en el ámbito laboral. Sin embargo, ya hay más de 10 denuncias y/o pedidos de inconstitucionalidad sobre la totalidad del DNU que se encuentran en manos de la Justicia Federal. Muchas jurisdicciones incluso, habilitaron la apertura de la feria judicial para el tratamiento de los recursos presentados contra el decreto.

Además del recurso de la CGT, la Justicia, en este caso de Lomas de Zamora, también abrió la feria judicial para aceptar un pedido de amparo contra el decreto 70/2023 del Poder Ejecutivo y derivó el expediente al Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal del magistrado Esteban Furnari.

El juez federal de Lomas de Zamora, Juan Pablo Auge, abrió la feria a partir del pedido de amparo que lleva la autoría de Roberto Crespo Armengol, quien había presentado el recurso contra el decreto de Javier Milei argumentando que el Ejecutivo excede sus facultades y afecta diversos aspectos legales y normativas vigentes al promulgar el DNU.

Además, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 2, organismo judicial que concentra todos los amparos contra el documento, recibió un pedido de una ONG para que habilite la feria judicial y defina si el mega DNU del presidente Javier Milei es constitucional.

En qué consiste la reforma laboral de Javier Milei

A grandes rasgos la reforma laboral de Javier Milei busca modificar las reglas de trabajo en materia de juicios, indemnizaciones y reclamos y se centra en seis puntos clave:

  • Cambios en los juicios laborales
  • Extensión del período de prueba
  • Reducción de las licencias por embarazo, maternidad y paternidad
  • Reducción de montos para calcular la compensación de las indemnizaciones
  • Eliminación del derecho a huelga, asambleas, congresos y otras medidas de fuerza
  • Cambios en la ultraactividad, que es el periodo de prórroga automática que se establece en los convenios colectivos

La pelea con el fuero contencioso administrativo

El gobierno de Milei, consciente de que el fuero laboral no es un terreno que vaya a favorecerlo, quiere que rápidamente todos los planteos se concentren en los tribunales en lo contencioso administrativo –donde se dirimen las acciones contra el Estado. En esa línea, le pidió al juez Esteban Furnari –el primer magistrado que aceptó tramitar el amparo colectivo que presentaron el economista Claudio Lozano (Unidad Popular), la CTA Autónoma, ATE y el Observatorio por el Derecho a la Ciudad– que atraiga todos los cuestionamientos que se impulsaron judicialmente contra el DNU.

La CGT recurrió tanto la decisión de no dictar una cautelar contra el DNU como el pedido de Furnari para que le manden también esa causa a su juzgado. El tema se dirimirá durante la feria.

Horas después de que la Cámara del Trabajo le corriera vista, el fiscal general interino Juan Manuel Domínguez dijo que le corresponde a la Cámara en lo Contencioso Administrativo resolver quién se queda con las causas. Con el dictamen de Domínguez, la Cámara del Trabajo quedó habilitada para fallar.

Es probable que los jueces de la Cámara del Trabajo se pronuncien durante el miércoles. Incluso reconociendo que no es competente, el tribunal podría dictar una cautelar que suspenda al DNU si entiende que está ante un planteo de sectores socialmente vulnerables o si comprende que está comprometida la vida digna según la define la Convención Americana de Derechos Humanos, la salud o la alimentación.  Así lo establece la Ley 26.854, que regula las cautelares contra el Estado.

El DNU –según denuncian organismos de derechos humanos como el Centro de Estudios Legales y Sociales– empeorará la vida de millones. Solo en materia laboral estirará el período de prueba de tres a ocho meses, facilitará los despidos de quienes participen en medidas de fuerza y limitará el derecho a huelga.

No hay que pasar el verano

En el primer día laboral del año, hubo mucha actividad en los tribunales. En distintos fueros y en distintas jurisdicciones hubo jueces que decidieron habilitar la feria para tratar presentaciones relativas al DNU 70/23 de Milei. La justicia de San Juan y la de Lomas de Zamora decidió enviar los planteos que tenían al juzgado de Furnari para que se acumulen en el proceso colectivo que iniciaron el Observatorio por el Derecho a la Ciudad, Lozano, la CTA Autónoma y ATE.

En las últimas horas, el abogado Jorge Rizzo –expresidente del Colegio de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) y referente de la agrupación Gente de Derecho (GDD)– pidió que el fuero contencioso también habilite la feria. “¿Qué tema es de mayor gravedad para las instituciones de la Patria cuando se pone en jaque la forma de gobierno representativa, republicana y federal que establece el artículo 1 de la Constitución Nacional? ¿O acaso lo que se demanda en los presentes obrados no es haberse expoliado a uno de los poderes constituidos del Estado de derecho a través del DNU 70/23, más precisamente el Poder Legislativo?”, escribió Rizzo. Sin embargo, el fiscal Miguel Gilligan dictaminó en línea contraria.

La decisión de distintos fueros y de distintas jurisdicciones de habilitar la feria para analizar el DNU a priori parece desentonar con la resolución de la Corte Suprema, que ante un planteo del gobierno provincial de La Rioja –patrocinado por el excortesano Raúl Zaffaroni y el constitucionalista Gustavo Ferreyra– decidió posponer el tratamiento para febrero.

Fuente: Ámbito