El juez de Garantía N°1 de la primera circunscripción judicial, Juan Manuel Montiveros Chada, resolvió elevar a juicio la causa por el homicidio de Laura Godoy, ocurrido el 26 de julio de 2021 en la localidad de Tilisarao.
El acusado es Cristian Alaníz, ex pareja de la víctima, quien cumple prisión preventiva en el Servicio Penitenciario Provincial.
En la audiencia desarrollada este lunes, la fiscal de Instrucción actuante, Débora Roy Gitto, asistida por la fiscal Adjunta, Lorena Ohanian, firmó que la investigación había proporcionado elementos suficientes para someter a juicio al imputado, sosteniendo que en la noche del domingo 25 de julio -y pese a tener una prohibición de acercamiento mutua con la víctima- Alaníz ingresó a la casa de su ex, con quien mantuvo una violenta discusión. Godoy intentó huir, pero fue atacada a golpes en el rostro, cabeza, brazos y piernas; y terminó desmayada en el suelo.
En ese momento, de acuerdo a la hipótesis de la fiscal, el acusado ató un cordón al cuello de Godoy y la arrastró desde el patio hasta el baño, produciéndole la muerte por asfixia mecánica, a consecuencia de una obstrucción aguda en la vía respiratoria, tal como lo informó el forense en la autopsia.
La mujer habría fallecido entre las 00:00 y las 00:15 del lunes 26 de julio; su cuerpo fue encontrada por su padre y su hija alrededor de las 17:00.
Luego de la descripción de los hechos, la representante del Ministerio Público Fiscal consideró que el imputado debe ser acusado como “autor material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por la relación de pareja y por mediar violencia de género, en concurso real con el delito de desobediencia a una orden judicial, en perjuicio de Laura Godoy”.
Pese a la falta de antecedentes penales, Roy Gitto solicitó que sea condenado a sufrir la pena de prisión perpetua, y remarcó que “este tipo de delitos deben condenarse con la máxima pena, teniendo en cuenta los tratados internacionales suscriptos por el Estado Argentino y, en particular, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará)”.
El abogado de la familia de la víctima, Mario Mini, coincidió con el relato de los hechos, la calificación legal y la solicitud de pena de la Fiscalía.
Por su parte, el abogado Bautista Rivadera, quien ejerce la defensa del acusado, se manifestó en contra de la totalidad de la acusación y del requerimiento de elevación de la causa a juicio. Consideró que, al momento de la detención, la jueza actuante sólo tomó en cuenta las declaraciones de la familia y amistades de la víctima, quienes no pudieron confirmar ante la magistrada haber presenciado algún episodio de violencia física o verbal por parte de Alaníz hacia Godoy, y que tampoco ninguno de ellos estuvo presente al momento del hecho que terminó con la vida de la mujer de 32 años.
También cuestionó que en el informe de la autopsia, la data de muerte del primer reporte no era coincidente con la ampliación del informe efectuada por el forense en una audiencia posterior.
Dijo también que, de acuerdo al relato de diversos testigos, Alaníz no se encontraba en la localidad de Tilisarao cuando se produjo el hecho luctuoso.
Por otro lado, aseveró que en la recolección de material genético que se realizó en la investigación no se encontró ADN de su defendido en las muestras analizadas. Y dijo que Alaníz no presentaba lesiones con un acto defensivo de la víctima.
Rivadera finalizó su presentación con la solicitud de sobreseimiento de su cliente.
Montiveros Chada, de todas maneras, aceptó el pedido de enjuiciamiento a Cristian Alaníz e instó a la Fiscalía a que solicite la integración del tribunal que llevará adelante el plenario.