Un acusado conocido como “trader god”: irá a juicio por al menos 50 hechos de estafa en Córdoba

El acusado es conocido como “trader god”. Irá a juicio por al menos 50 hechos de estafa en Córdoba

Su alias es “trader god”. Así lo conocían sus víctimas. Captaba personas que aportaron grandes sumas de dinero para invertir en criptomonedas y ahora irá a juicio oral por una estafa millonaria.

El Juzgado de Control y Faltas 7 de la ciudad de Córdoba, a cargo del juez José Milton Peralta, confirmó la citación a juicio que dispuso la Fiscalía contra el empresario.

Según informó el poder judicial de Córdoba, se trata de Edgar Adhemar Bacchiani, acusado de la supuesta comisión de estafas relacionadas con inversiones en criptomonedas y fondos de inversión.

El hecho

De acuerdo a la acusación de la fiscal Valeria Rissi, el imputado, que llegó hasta quinto año de la carrera de contador, habría montado en la ciudad de Córdoba una sucursal de su empresa Adhemar Capital SRL dedicada al “trading” y que tenía su sede principal en Catamarca.

La firma difundía actividades que la dotaban de aparente seriedad y se publicitaba en distintos medios de comunicación.

Mediante esa firma, el imputado habría captado numerosas víctimas que aportaron grandes sumas de dinero para ser invertidas en criptodivisas.

Bacchiani, quien se autodenominaba “trader god” (dios del comercio), firmaba contratos de mandato de inversión por seis meses y se comprometía a pagar mensualmente intereses que oscilaban entre el 13% y el 18% como así también a restituir el capital aportado al finalizar el contrato.

Se presentaba como experto y generaba confianza entre las personas que le daban sus ahorros.

Ni los intereses mensuales ni el capital invertido en criptoactivos fueron devueltos a sus clientes. Los montos aportados por los más de 50 damnificados alcanzan, en algunos casos, los 200.000 dólares.

La defensa sostiene que no se trataba de un hecho de estafa, sino de un “incumplimiento contractual” y, por lo tanto, considera que no existió engaño.

También asegura que el imputado no participó en los hechos, pues él no contactó en persona a los damnificados.

El juez Peralta concluyó que existen fuertes indicios para considerar que, desde un inicio, el imputado habría “planeado no cumplir con las obligaciones contraídas”, de modo que la maniobra se trataba de una estafa y no de un mero incumplimiento contractual.

Un mensaje clave

De la apertura del teléfono secuestrado en el domicilio de Bacchiani surge un mensaje de fecha 28 de febrero de 2020 que el imputado le habría enviado a un presunto colega.

Según surge de la elevación a juicio, Bacchiani le recriminó a dicha persona que pagaba demasiado puntual y le aclaró que él no lo haría. El juez transcribió esa conversación:

«¿Hola ameooo, mierda, vos pagas más puntual que yo bolo, ya te voy a echar a la mierda culia, por qué tenés que estar pagando ah, que pingo tenés que estar pagando? jajajaja. Yo no voy a pagar un pingo culia. Si vamos a ponzear, ponzea culiaao. Estás cagoncito. Estás pagando al día puto. ¿Qué tenés miedo de que te caguen denunciando? jajajajajaja».

Para el juez, el imputado “dio a entender que él y el interlocutor habrían tenido planeado estafar mediante la modalidad de estafa «ponzi», pues le recriminó que, si iban a «ponzear», entonces no pague”

Entre otros indicios, el magistrado valoró el hecho de que el imputado haya otorgado pagarés a título personal para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones; pero que, al mismo tiempo, haya colocado muchísimos de sus bienes a nombre de “testaferros”.

Engaño

El juez Peralta consideró que, conforme sus ejercicios contables, la rentabilidad de la empresa en años anteriores había sido mucho menor a lo que Bacchiani prometía a sus clientes en estos casos.

Esto, a criterio del tribunal, evidencia lo “falaz que era su propuesta” y, por ende, constituye otro fuerte indicio de la existencia de engaño.

Respecto a la participación de Bacchiani, el juez entendió que el imputado fue el autor mediato de los hechos. Si bien quienes contactaron a los damnificados fueron sus dependientes, estos lo habrían hecho inducidos a error por el imputado.

El magistrado resolvió rechazar la oposición interpuesta por la defensa y elevar la causa a juicio por los delitos de estafa reiterada en 50 hechos.

Fuente: Actualidad Jurídica