Merlo: condenaron a un hombre por incumplir la restricción de acercamiento hacia su exesposa

El camarista de la tercera circunscripción judicial Gustavo Daniel Sanchiño condenó este viernes a un hombre que infringió la prohibición de acercamiento hacia su expareja en Villa de Merlo.

El 19 de julio de este año, el sentenciado, en estado de ebriedad, ingresó a la propiedad de la víctima y la insultó. Sobre él pesaba una restricción de acercamiento en el marco de una causa por violencia familiar.

Uno de los hijos de la damnificada dio aviso a la Policía, y el agresor fue detenido por efectivos de la Comisaría 26°. Al día siguiente, el juez de Garantía, Jorge Osvaldo Pinto, lo imputó y le impuso firmar el libro de imputados del 1 al 10 de cada mes y someterse a tratamiento psicológico-psiquiátrico para abordar su consumo problemático de alcohol.

Luego, el Ministerio Público Fiscal formalizó la acusación y la causa fue elevada a la Cámara de Apelaciones, para la realización del debate oral. Este 24 de noviembre, las partes acordaron finalizar el proceso mediante juicio abreviado.

En la audiencia de este viernes, el acusado reconoció su autoría en el hecho y la imposición de una pena de prisión en suspenso. También reconoció la problemática que tiene con el alcohol y expresó su voluntad para someterse a un tratamiento.

La víctima, por su parte, le dijo al magistrado interviniente que su exmarido siempre llegaba ebrio a la casa, a los gritos y a los golpes, por lo que pretendía que se fuera de Merlo “para poder vivir en paz”.

Luego de escuchar a las partes, el juez resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado, condenó al acusado a dos años de prisión en suspenso y le impuso reglas de conducta, además de una nueva prohibición de acercamiento al domicilio de su ex esposa a una distancia no menor de 100 metros por el término de 180 días.

En caso de incumplir con las pautas de conducta, el Tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento. Si el condenado persiste o reitera el incumplimiento, se le revocará la condicionalidad de la condena y deberá cumplir la totalidad de la pena de prisión de manera efectiva.