El juez de Garantía N° 3 de la ciudad de San Luis, Marcos Flores Leyes, tuvo por formulados los cargos contra Joel Benjamín Robledo y dispuso que permanezca 30 días en prisión preventiva mientras continúa la investigación por el homicidio en ocasión de robo de Miguel Orozco.
La Fiscalía de Instrucción N° 1, a cargo de Francisco Assat, le atribuyó a Robledo una participación secundaria en el homicidio. La resolución fue adoptada este jueves por la mañana, luego de los ocho días de prórroga solicitados por la defensa.
Durante la audiencia, el abogado defensor Martín Ávila cuestionó la calificación legal y sostuvo que no existen elementos suficientes para acreditar que su representado haya tenido una participación secundaria en el hecho. Por ese motivo, solicitó que Robledo recuperara la libertad bajo medidas de control o, subsidiariamente, que cumpliera prisión domiciliaria con dispositivo electrónico.
El homicidio ocurrió el 7 de junio, cuando Orozco, de 40 años, se encontraba en su vivienda de la calle Intendente Celi al 2000, junto a su pareja, Feliciana Hernández, y su cuñado, Juan Domingo Hernández, quien actualmente se encuentra prófugo.
Según la reconstrucción realizada por la Fiscalía, Hernández habría comenzado a golpear a Orozco con puños y botellas de vino, hasta provocarle graves heridas que hicieron que la víctima cayera al piso y perdiera el conocimiento. Luego, habría tomado el celular y un parlante de música y abandonado la vivienda.
Orozco permaneció internado y murió 24 días después como consecuencia de las lesiones sufridas. Para la Fiscalía, Hernández habría entregado posteriormente los elementos sustraídos a Robledo, hijo de la pareja de la víctima, quien habría tenido participación en hechos similares junto al principal sospechoso.
Uno de los elementos considerados por la acusación fue que Robledo habría utilizado el teléfono de Orozco colocándole su propio chip, situación que permitió geolocalizar el aparato en la zona del barrio Las Vegas. Además, días después habría intentado vender el parlante sustraído por $20.000 a una vecina, hecho que derivó en la intervención policial.
La defensa rechazó estos argumentos y sostuvo que esas circunstancias ocurrieron después del homicidio y no permiten demostrar la existencia de un acuerdo previo. Ávila planteó que, en todo caso, la conducta de su defendido podría analizarse como un posible encubrimiento, pero no como participación secundaria en un homicidio en ocasión de robo.
Por su parte, el fiscal Assat defendió la calificación provisoria y explicó que, por encontrarse la investigación en una etapa inicial, no corresponde exigir el nivel de certeza propio de instancias posteriores. Para la Fiscalía, Robledo realizó aportes posteriores al hecho y su vínculo familiar con el principal sospechoso constituye un elemento relevante.
El representante del Ministerio Público Fiscal también sostuvo que existe riesgo de entorpecimiento de la investigación y consideró que la prisión preventiva es, por el momento, la medida adecuada para neutralizarlo. Por ese motivo, se opuso al pedido de prisión domiciliaria.
La decisión judicial
Al resolver, el juez Flores Leyes consideró que los cuestionamientos de la defensa sobre la calificación legal podrán ser analizados con mayor profundidad durante las próximas etapas del proceso. Sin embargo, entendió que la hipótesis de la Fiscalía resulta razonable y cuenta con respaldo en las evidencias reunidas hasta el momento.
En consecuencia, tuvo por formulados los cargos contra Robledo como partícipe secundario del homicidio en ocasión de robo. Para determinar la medida cautelar, el magistrado valoró especialmente que el principal sospechoso se encuentra prófugo y existe un vínculo entre ambos.
Aunque la Fiscalía había solicitado 90 días de prisión preventiva, el juez consideró que ese plazo resultaba excesivo para las necesidades actuales de la investigación. Finalmente, resolvió que Robledo permanezca 30 días detenido en el Servicio Penitenciario Provincial.


